Vivienda
¿Qué pasa si compras tu casa con aval del Gobierno y luego no cumples los requisitos?
La línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) concede hasta el 20% del importe de la compra de una primera vivienda a jóvenes menores de 35 años y a familias con menores a su cargo
El pasado 7 de mayo, el Boletín Oficial del Estado (BOE) hizo oficial el convenio entre el Ministerio de Vivienda y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para gestionar los avales del Gobierno del 20% del importe de la propiedad destinados a la compra de una primera vivienda para jóvenes y familias con hijos menores. Alrededor de 60 entidades se han comprometido a ofrecer el aval hipotecario del Gobierno y el Ejecutivo calcula que la medida facilitará la compra de aproximadamente 50.000 vivienda. Con algunas entidades ya activando esta modalidad de compra, el portal inmobiliario Fotocasa ha advertido sobre las sanciones que puede conllevar cometer errores o entregar documentos falsos en el proceso de solicitud,
Requisitos para acceder al aval ICO en la compra de vivienda
-Ser menor de 35 años o una persona con hijos menores a su cargo (en este caso no habrá edad máxima).
-Tener ingresos inferiores a 37.800 euros o hasta 75.600 euros en total si son dos compradores. En el caso de las familias con dos progenitores, los ingresos podrán ser un 0,3% más del IPREM –2.520 euros brutos anuales–, es decir, 78.120 euros brutos al año por hijo.; mientras que en las monoparentales, los ingresos podrán ser un 70% más del IPREM –5.580 euros brutos anuales–, es decir, 43.680 euros brutos al año por hijo.
-Ser residente en España por un periodo de al menos dos años y contar con DNI o NIE.
-Tener unos ingresos y un perfil financiero apto para solicitar una hipoteca.
-No aparecer en situación de morosidad en el CIRBE (Centro de Información de Riesgos del Banco de España).
-Que la vivienda no exceda el precio máximo especificado en cada ayuda. La cantidad máxima de la vivienda a comprar con el aval depende de los límites en cada autonomía: desde 200.000 euros hasta 325.000 euros.
-Que sea la primera vivienda que se compra (con excepciones en caso de herencias, divorcio o si la vivienda actual no es accesible por situación de discapacidad) y que se utilice para vivienda habitual.
-Que sea la vivienda habitual durante el tiempo que dure el aval –un máximo de 10 años–.
-Contar con un patrimonio máximo de hasta 100.000 euros.
Consecuencias en caso de falsedad o incumplimiento de requisitos
El convenio establece sanciones y medidas para situaciones de falsedad o incumplimiento de los requisitos. Si se detecta que el cliente incumplió alguna de las condiciones, presentó documentación falsa o cometió un error relevante en el proceso, el hipotecado deberá abonar una penalización del 0,5% sobre el importe del aval concedido. Esta penalización se transferirá al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU), responsable de la gestión de estas incidencias.
Sanciones por uso indebido de la vivienda
El aval ICO exige que la vivienda adquirida se destine únicamente a residencia habitual y permanente. Si el Ministerio de Vivienda detecta que la vivienda se utiliza como segunda residencia o para actividades económicas, el MIVAU puede imponer sanciones por incumplimiento, como en los casos de falsedad o error anteriormente mencionados.
¿Es posible alquilar una vivienda comprada con aval ICO?
En términos generales, una vivienda adquirida mediante aval ICO no puede alquilarse a terceros. Sin embargo, en situaciones que requieran un cambio de residencia, como matrimonio o separación, traslado laboral o necesidad de cambio para conseguir un primer empleo o uno mejor, es posible que esta prohibición se flexibilice.
Qué sucede en caso de impago de la hipoteca
El aval ICO actúa como una garantía de pago en caso de impago de la hipoteca. En tal situación, el Estado, como avalista, responde ante el banco si el titular incumple con los pagos. Si el cliente no regulariza la situación en un plazo de 90 días, el ICO tomará medidas para cobrar la deuda y los intereses legales correspondientes, ya que el beneficiario del aval sigue siendo responsable del total de la deuda adquirida.
✕
Accede a tu cuenta para comentar