Seguridad Social
Reforma: ¿cuántos años cotizados se tendrán en cuenta ahora para calcular mi pensión?
La segunda parte de la reforma de las pensiones aprobada este jueves mantiene hasta 2044 el periodo de cómputo en los 25 años vigentes, aunque también será posible calcular la pensión con los últimos 29 años trabajados descartando los dos peores
Fumata blanca para la reforma de las pensiones. El Gobierno ha aprobado este jueves en Consejo de Ministros extraordinario la última parte de la reforma de pensiones, que introduce un modelo dual para el cálculo de la pensión e incluye medidas para aumentar los ingresos del sistema, mejorar la suficiencia de las pensiones mínimas y reducir la brecha de género. En concreto, en cuanto al cálculo de la pensión, la reforma, consensuada con la Comisión Europea y acordada con los sindicatos CCOO y UGT, pero sin el apoyo de la CEOE, mantiene hasta 2044 el periodo de cómputo en los 25 años vigentes, aunque también será posible optar por calcular la pensión con los últimos 29 años trabajados descartando los dos años peores. Esto es todo lo que necesita saber sobre la ampliación del periodo para el cálculo de la pensión.
Ampliación del periodo de cálculo
La reforma introduce cambios en el periodo de cómputo de la pensión para que esta se calcule o con los últimos 25 años cotizados o con 29 años de cotización, de los que se podrán excluir los dos peores, por lo que en la práctica el cómputo en este segundo caso será de 27 años. De esta forma, se permitirá elegir entre lo que ya hay (últimos 25 años de cotización) o utilizar un periodo de cómputo de 29 años, eliminando los dos peores años cotizados. Es decir, que el periodo de cálculo se mantendrá en 25 años si no resulta más beneficioso tomar un total de 27 años (29 años menos los dos peores).
Este régimen dual del periodo de cómputo estará vigente durante los próximos 20 años. La nueva opción que se introduce (29 años excluyendo dos) se desplegará progresivamente durante 12 años a partir de 2026, lo que beneficiará especialmente a los trabajadores con carreras irregulares. En concreto, establece que la ampliación a 29 años se realice a razón de cuatro meses por ejercicio desde 2027 a 2038.
Así, en el primer año de despliegue de esta nueva opción, 2027, la pensión podrá calcularse con los últimos 300 meses de cotización (25 años) o con los últimos 304 meses cotizados (25,33 años), de los que podrán descartarse dos meses, de forma que se tomarán en consideración para determinar la cuantía de la pensión los 302 meses de cotización de mayor importe (25,16 años). De oficio, siempre se aplicará lo que resulte más ventajoso para el trabajador.
En 2031, por ejemplo, la pensión podrá calcularse o con los últimos 25 años cotizados o con 26,66 años de cotización (320 meses), de los que podrán excluirse 10 meses, con lo que el periodo efectivo para el cómputo de la pensión será de 25,83 años (310 meses). En 2038, una vez finalizada esta ampliación progresiva del periodo de cálculo que se ofrece como nueva opción, la pensión se determinaría con 324 meses de cotización (27 años) dentro de los últimos 348 meses cotizados (29 años).
A efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, cuando esta se produzca con posterioridad al 31 de diciembre de 2026 y antes del 31 de diciembre de 2040, se aplicará el periodo de cálculo de 25 años si es más favorable que el vigente en la fecha en que se cause la pensión.
Para las pensiones que se causen en 2041, 2042 y 2043 se aplicará el periodo de cálculo de los últimos 25 años con una base reguladora que comprenderá las bases de cotización de los últimos 306 meses, 312 meses y 318 meses, respectivamente, cuando dicho cálculo resulte más favorable que el vigente en la fecha en que se cause la pensión. A partir de 2044, el periodo de cálculo de la pensión será de 29 años, excluyendo los dos peores años de cotización.
Otros puntos clave de la reforma
La reforma también incluye un tratamiento más beneficioso para las lagunas de cotización, que afecta principalmente a las mujeres cuando tienen hijos, de forma que extiende el periodo que se rellena con cotizaciones y éstas son más altas. Y por otro lado, revaloriza por encima de la pensión general aquellas no contributivas y mínimas, al tiempo que mejora el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
Entre las medidas para mejorar ingresos, la reforma contempla la subida progresiva de la base máxima de cotización (el denominado "destope"), de forma que entre 2024 y 2050 la base máxima (4.495,50 euros mensuales en 2023) subirá cada año lo mismo que el IPC más 1,2 puntos porcentuales. Además, incluye una cuota de solidaridad para salarios altos, que se pagará sobre la parte del salario que supere la base máxima, al que se empezará aplicando una cuota del 1% en 2025 que irá aumentando hasta llegar al 6% en 2045. Asimismo, eleva el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) hasta el 1,2%, que irá destinado a dotar el Fondo de Reserva, la llamada "hucha de las pensiones" y que llegará a contener unos 120.000 millones de euros a principio de la década de los 40, ha calculado el ministro.
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