Vivienda

El Tribunal Supremo avala la prohibición de los pisos turísticos en Palma

El Alto Tribunal anula la sentencia del Tribunal Superior balear porque implicaría declarar todas las viviendas de la Palma como posibles alojamientos turísticos, algo que ya prohíbe la normativa autonómica

Turistas llegan al aeropuerto de Son San Joan en Palma de Mallorca
Turistas llegan al aeropuerto de Son San Joan en Palma de MallorcaCATI CLADERAAgencia EFE

El Tribunal Supremo ha avalado la decisión adoptada por el Ayuntamiento de Palma de no permitir el uso turístico en edificios de plurifamiliares, como ha detallado el consistorio este miércoles en una nota. La Sala de lo Contencioso ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) que anuló, a instancias de la patronal del alquiler turístico Habtur el acuerdo del pleno municipal de 2018 que impedía alquilar con fines turísticos viviendas en plurifamiliares.

Los magistrados consideran que el dictamen TSJIB implica en la práctica "declarar todas las viviendas del municipio de Palma como aptas para desarrollar la actividad turística” y entienden que la propia Ley de Turismo de Baleares "se lo prohíbe expresamente". Por lo tanto, con esta resolución, nada cambia dada que la prohibición nunca se levantó y el alquiler turístico en pisos ya estaba prohibido en Palma de acuerdo con el decreto de la Ley General Turística, la también llamada Ley Delgado.

La asociación de apartamentos y viviendas de alquiler de temporada (Habtur) denunció ante el TSJIB el acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Palma de 26 de junio de 2018 por el que se aprobó la zonificación en el municipio de Palma que regulaba la comercialización de las Estancias Turísticas en Viviendas de uso residencial.

El TSJIB dictó sentencia en septiembre de 2021 admitiendo parcialmente el recurso presentado por Habtur, y declaraba la nulidad de pleno derecho de la zonificación en cuanto a la prohibición de comercializar estancias turísticas en plurifamiliares.

Ante esta sentencia, el consistorio interpuso un recurso de casación para defender su medida y que el Supremo ahora avala porque para el tribunal supone una modificación sustancial del concepto de vivienda, ya que el uso turístico no es un uso propio de la vivienda, ya que es residencial.

El Tribunal Supremo también se refiere al impacto de las Estancias Turísticas en Viviendas (ETH) en la actividad en la configuración y la convivencia social en los barrios, al impacto de éstas en la disponibilidad de inmuebles para el arrendamiento para la población residente y a los efectos significativos de estas estancias sobre el medio ambiente, los recursos naturales y las infraestructuras.

La sentencia remarca además que la zonificación provisional aprobada por el Ayuntamiento de Palma cuenta con motivos "evidentes y consistentes" y subraya que la norma aprobada no restringe ni prohíbe la actividad económica de alojamiento turístico en Palma de Mallorca.

El gobierno balear celebra la sentencia

El portavoz del Govern balear y conseller de Turismo, Iago Negueruela, ha celebrado este miércoles la sentencia del Tribunal Supremo sobre la prohibición del alquiler turístico en viviendas plurifamiliares en Palma, y ha insistido en la necesidad de contar con un marco estatal y europeo para poder sancionar a las plataformas que comercialicen estancias ilegales.

En declaraciones a los medios, Negueruela ha considerado "muy importante" la resolución del Supremo sobre la zonificación que hizo el Ayuntamiento de Palma. "Siempre dijimos que era plenamente legal poder limitar una actividad y hacerlo de forma general", ha recalcado. El conseller de Turismo ha apuntado también que limitar los pisos turísticos era "una medida necesaria" en la capital balear. "El reto" a partir de ahora es "cómo hacer frente" al alquiler ilegal, "y que el reglamento de la comunidad europea vaya en esta dirección". Así, Negueruela ha insistido en la necesidad de contar con un marco para sancionar los incumplimientos de grandes plataformas que publican anuncios de alquileres ilegales.

Cabe recordar que el Govern balear multó con 300.000 euros a Airbnb por publicitar viviendas de alquiler vacacional ilegales, pero la Justicia anuló la multa; entre otros motivos, porque "como prestador establecido en Irlanda", Airbnb "únicamente queda sujeto a las normas del país de establecimiento en todo lo que se refiere al ámbito coordinado de la UE". El Govern impuso también importantes sanciones similares a las plataformas HomeAway y TripAdvisor como consecuencia de la regulación aprobada en la pasada legislatura.