Pedro Sánchez

¿Todo el poder para el presidente?

Expertos constitucionalistas recuerdan que Moncloa puede intervenir en cualquier momento dado que la ley 4/1981 avala que es el Gobierno “el único responsable”

Un estado de alarma para todo el país que esconde «varias trampas». Así es el decreto del estado de alarma que ayer redactó el Gobierno y que entró en vigor de manera inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En él se amparan 17 mini estados de alarma en España, pero del que es responsable al completo la máxima autoridad. El Gobierno concede la autoridad delegada a los presidentes autonómicos para que tomen las medidas restrictivas que consideren necesarias en sus territorios. Se cuida, de esta manera, de respetar la cogobernanza prometida en el mes de junio, cuando decayó el estado de alarma en España. Sin embargo, según respaldan expertos constitucionalistas consultados por este diario, el mando único en el estado de alarma es indelegable.

Según recuerda el magistrado de lo contencioso-administrativo de Madrid, Alfonso Villagomez, en el artículo 7 de la ley orgánica 4/1981 que regula los estados de alarma, excepción y de sitio, se refrenda que «a efectos del estado de alarma la autoridad competente será el Gobierno, o por delegación a este, el presidente de la comunidad cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una comunidad». Sin embargo, el Gobierno ha decretado un estado de alarma para todo el país, por lo que «el único responsable es el Gobierno», afirma. De la misma opinión es el catedrático de Derecho Constitucional, Miguel Ángel Recuerda, que, explica que «el Gobierno se ha reservado todo el poder» porque, dice, «quien delega, que es el delegante (el Gobierno) manda sobre el delegado». Pone un ejemplo muy claro. En el caso de que exista un conflicto entre una comunidad y el Gobierno, es decir que si en un territorio se presentan datos de incidencia de coronavirus superiores a 250 –nivel de alto riesgo que obligaría a cierre de la comunidad– y el presidente de la comunidad autónoma se opone a cerrar perimetralmente parte del territorio o todo, el Gobierno tiene la competencia para hacerlo. Tiene el respaldo jurídico, incluso, para cesar al presidente autonómico. Así se garantiza en el artículo noveno y décimo de la ley orgánica 4/81, donde se ampara que durante el estado de alarma «todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado por la declaración (…) quedarán bajo las órdenes directas de la Autoridad competente en cuanto sea necesaria para la protección de personas, bienes o lugares». En el artículo 10 de la misma norma, en su apartado tres, se ampara el cese de autoridades en el caso de que no cumplan las órdenes del gobierno central. «En el caso de incumplimiento a las órdenes de la autoridad competente del estado de alarma» –el Gobierno– «las facultades de las autoridades que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución al estado de alarma podrán ser asumidas por la Autoridad competente».

Por otro lado, los expertos también señalan sus dudas -que conllevan a pensar en el poder del Gobierno sobre el estado de alarma- sobre la única prórroga de estado de alarma que pedirá el presidente Pedro Sánchez con vigencia de seis meses. El Ejecutivo se garantiza, si así lo avala el Congreso, no tener que acudir de manera quincenal a la Cámara Baja para pedir el aval de Sus Señorías para las prórrogas. Las dudas de los expertos, que comparten Alfonso Villagomez y el catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos, José Manuel Vera se basan en lo que dice el artículo 1 de la LO 4/81. «Aunque ni la Constitución, ni la ley orgánica no impide establecer un plazo superior al de los quince días del establecimiento del mismo, la prórroga propuesta por seis meses puede incumplir el artículo 1 de la LO 4/1981 que establece que tanto la duración de la situación de excepcionalidad, como las medidas adoptadas deben ser proporcionales a las circunstancias, y en cualquier caso siempre tendentes al restablecimiento cuanto antes de la normalidad». respalda José Manuel Vera.

.Moncloa, por otro lado, se asegura también evitar el desgaste político que supone acudir cada 15 días a la Cámara Baja para pedir la autorización, véase la situación sucedida en marzo donde el Gobierno cada vez contaba con una mayoría cada vez más exigua.