Aforado
El Supremo investigará a Alberto Casero por seis contratos bajo sospecha cuando era alcalde de Trujillo
Asume la competencia al considerar que los hechos en los que la Fiscalía ve indicios de prevaricación y malversación “podrían ser constitutivos de delito”
El Tribunal Supremo (TS) investigará a Alberto Casero -el diputado del PP que al equivocarse en el voto telemático fue decisivo para que se aprobara la reforma laboral el pasado febrero- por varios contratos bajo sospecha cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) entre 2017 y 2018. La Sala Penal del alto tribunal ha asumido la competencia para instruir el procedimiento -después de que un juzgado de la citada localidad le trasladara el asunto al tratarse de un aforado- y considerar de forma provisional que los hechos denunciados por la Fiscalía “podrían ser constitutivos de delito”.
Según exponía la titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Trujillo en su exposición razonada (donde exponía los indicios contra Casero para que el Supremo valorase si abría diligencias, como ahora ha hecho), esos contratos se habrían adjudicado obviando los procedimientos administrativos legalmente establecidos, por lo que apreciaba “indicios sólidos” de que el ahora aforado habría incurrido en un delito continuado de prevaricación, al que la Fiscalía añade una posible malversación.
En esa exposición razonada se responsabiliza al diputado del PP de haber comprometido el pago de diversas cantidades “sin comunicarlo al Ayuntamiento y sin los informes necesarios”.
En esa relación de indicios de la magistrada de instrucción de Trujillo se expone que en marzo de 2017 “contrató a un psicólogo ocultándolo al Ayuntamiento, sin aportar el contrato, sin expediente de contratación, sin informe sobre la necesidad del servicio y sin aprobación del gasto”. Más adelante, en septiembre de 2017, firmó con el presidente de la Cámara de Comercio de Perú en España un contrato comprometiendo al Ayuntamiento al pago de 25.000 euros, sin dar cuenta a los servicios económicos y jurídicos del Ayuntamiento y sin que el acuerdo fuera aprobado previamente ni se sometiera a información pública ni se publicara en el BOE.
Asociación Bon Vivant y Promoción de la Feria del Queso
Ese mismo año, continúa la exposición razonada -recuerda el Supremo en su resolución- “acordó verbalmente aportar 18.000 euros a un evento organizado por la Asociación Cultural Bon Vivant, sin seguir procedimiento alguno y sin informar a los servicios del Ayuntamiento, señala la exposición”.
Ya en 2018, son otras tres las adjudicaciones o contratos en el disparadero. En junio, firmó un contrato de patrocinio con la misma asociación comprometiéndose a la aportación de 18.000 euros, asumiendo además otros costes, “sin seguir procedimiento alguno de contratación”.
También ese mismo año, contrató a la empresa Icaro Consultores en Comunicación, SLU, para la organización de un evento por importe de 14.303 euros más IVA, “sin informar a los servicios competentes y sin seguir el procedimiento adecuado”. Y ya por último, el 30 de diciembre del mismo año suscribió con Radio Interior SL un contrato de servicios de comunicación y promoción de la Feria del Queso de Trujillo, por más de 15.000 euros, “acudiendo al procedimiento propio del contrato menor cuando, por la cuantía, debería ser licitado en procedimiento abierto”.
“Siendo necesaria la investigación de dichos hechos -concluye el Tribunal Supremo- procede asumir la competencia y acordar la incoación del oportuno procedimiento”, para lo que designa instructor al magistrado Andrés Palomo.
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