Pleno del TC

El TC rechaza las alegaciones del Senado y mantiene suspendida la reforma de Sánchez

El Pleno elude tramitar las recusaciones de dos magistrados, como reclamaba la Fiscalía, que cuestiona su apariencia de imparcialidad por que la modificación implica su salida del tribunal

La colonización del TC
La colonización del TClarazon

El Senado no podrá votar mañana la reforma legal del Gobierno que agiliza la renovación del Tribunal Constitucional (TC). El Pleno de la institución ha ratificado en un Pleno extraordinario su decisión de paralizar cautelarmente la tramitación parlamentaria de esos cambios legales, desestimando las impugnaciones que hizo llegar la Cámara Alta en contra de esa medida urgente acordada el pasado lunes.

Tras casi cuatro horas de debate interno, los once magistrados que componen en la actualidad el Pleno se han mantenido en sus respectivos posicionamientos jurídicos, también en el rechazo de abordar con carácter previo las recusaciones de dos magistrados -el presidente del TC, Pedro González-Trevijano, y el también conservador Antonio Narváez-, como reclaman PSOE y Podemos y ha respaldado la Fiscalía.

La decisión se ha adoptado de nuevo por un solo voto, por lo que los cinco magistrados progresistas que se oponen a la suspensión -Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer, Inmaculada Montalbán y Ramón Sáez- han anunciado un voto particular en el que expondrán sus argumentos jurídicos en contra del pronunciamiento del Pleno.

La Fiscalía dice que el TC actuó con “premura”

Y es que en sus alegaciones el Ministerio Público pidió que el Pleno resolviese las recusaciones de dos magistrados antes de decidir si dejaba sin efecto, como pedía el Senado, la suspensión cautelar de la reforma del Gobierno que modifica el procedimiento de renovación de la institución.

En su escrito, el Ministerio Público respalda las quejas del Senado y considera que el TC acordó la suspensión “con premura e inexistencia de precedentes”, alertando del “peligro” de que esta decisión “establezca un precedente”, confirman fuentes fiscales.

La Fiscalía instaba al TC a abrir un incidente de recusación -tal y como pretenden PSOE y Podemos- para decidir si se apartan del procedimiento a Trevijano y Narváez, cuya apariencia de imparcialidad cuestiona porque en caso de aprobarse los cambios legales ahora suspendidos deberían abandonar el tribunal y ser sustituidos por los dos candidatos ya designados por el Gobierno de Pedro Sánchez: el exministro Juan Carlos Campo y la que fuera alto cargo de Moncloa Laura Díez.

“Incuestionable vinculación directa” con la reforma

“Aceptada la personación de dichas partes, y también abierto el proceso y con ello establecida la relación jurídico procesal que operaba como óbice para el tratamiento de dichas cuestiones, esta Fiscalía entiende procedente que el Pleno del Tribunal aborde su tratamiento, con carácter previo a resolver sobre la pretensión del Senado y a cualquier otro trámite procesal subsiguiente que haya de llevarse a cabo en el presente procedimiento”.

Para la Fiscalía, “la incuestionable vinculación directa de los citados miembros del Pleno con el objeto de tramitación parlamentaria sobre la que se proyecta el recurso de amparo” sustenta “razonablemente, a priori, dicha pretensión de recusación”. Y es que considera que valorando el supuesto de abstención que contempla el artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial -”tener interés directo o indirecto en el pleito o causa”-, resulta “objetivamente incuestionable” la incidencia automática de la aprobación de la reforma suspendida por el TC “en la situación personal/profesional de ambos”, una aprobación “que resultaría obviamente” impedida “de mantenerse la medida cautelar adoptada”.

“Al margen de cualquier valoración acerca de la disposición psicológica de los afectados”, considera la Fiscalía que este hecho “constituye un factor innegablemente condicionante de la apariencia de imparcialidad que de manera constante y enfática viene invocando, como factor esencial, tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como la del propio Tribunal Constitucional”.

“Premura” en la decisión del TC

Asimismo, el Ministerio Público lamenta no conocer aún los argumentos jurídicos de la resolución en la que se acuerda paralizar la tramitación de la reforma (el auto no se ha notificado aún), algo que juzga “indispensable” para no limitar considerablemente, recalca, “las posibilidades de alegación y argumentación”.

Ese impedimento, añade, también impide valorar “con la deseable precisión el fundamento de la pretensión impugnatoria formulada por la representación procesal del Senado”, a lo que se une “la premura que circunstancialmente concurre en la singular tramitación” del procedimiento, “carente de precedentes en el recurso de amparo parlamentario”.

El Presidente del Tribunal Constitucional (TC), Pedro González-Trevijano, ha convocado esta tarde un Pleno extraordinario -que ya se está celebrando- para analizar las impugnaciones del Senado en contra de la decisión del Pleno de suspender la tramitación de la reforma del Gobierno que modifica la renovación de la institución, pendiente desde el pasado junio.

A petición del Senado

Los once magistrados que el pasado lunes acordaron, por un solo voto (cinco magistrados progresistas se opusieron) la adopción de la medida solicitada por el PP tomarán una decisión hoy mismo, atendiendo la solicitud de la Cámara Alta de que su impugnación se resolviese antes de mañana, cuando está previsto el debate y votación de la proposición de ley.

El Pleno estudia los argumentos del Senado en su calidad de parte demandada, junto al Congreso, en la tramitación del recurso de amparo presentado por el PP contra la tramitación parlamentaria de esa modificación legal que rebaja las mayorías necesarias (de 3/5 a una mayoría simple) en el órgano de gobierno de los jueces para agilizar el relevo en el TC, permite que los dos candidatos del Gobierno tomen posesión sin que el CGPJ haya designado a los otros dos (la Constitución estipula que el TC se renueva por terceras partes, es decir, de cuatro en cuatro magistrados cada tres años) y que lo hagan sin el hasta ahora necesario visto bueno del Pleno del Constitucional, encargado de avalar la idoneidad de los candidatos.

Previsiblemente, el Pleno rechazará las impugnaciones del Senado -una iniciativa que se aprobó por la Mesa de la Cámara Alta con el voto en contra del PP- y volverá a reproducirse la división entre los seis magistrados conservadores que avalaron la medida y los cinco progresistas que se opusieron a la misma.