Política

Caso Nóos

El fiscal denuncia una «instrucción a la carta» de Castro

El fiscal anticorrupción, Pedro Horrach
El fiscal anticorrupción, Pedro Horrachlarazon

Horrach le reprocha su «espiral inquisitiva» basada «en meras sospechas». Confía en que la Audiencia de Palma atienda al recurso presentado y anule la imputación.

El juez José Castro, instructor del «caso Nóos», llevó a cabo una «instrucción a la carta» con el objetivo de imputar a la Infanta con «meras conjeturas», recurriendo a un «encaje de bolillos» cuando las conclusiones de los informes de Hacienda –que reiteradamente no ha apreciado indicios de conducta delictiva en la actuación de Doña Cristina– no satisfacían sus «expectativas». Las palabras son del fiscal de Anticorrupción Pedro Horrach, que ayer mismo –como informó este periódico– recurrió ante la Audiencia de Palma de Mallorca la decisión del magistrado de imputar a la hermana del Rey por dos delitos fiscales y uno de blanqueo. En un escrito de alegaciones que no ahorra duros calificativos para la labor de Castro –y que supone el enésimo enfrentamiento dialéctico entre ambos a cuenta de la imputación de Doña Cristina–, Horrach achaca la «deriva» del juez a la influencia de los medios de comunicación.

El fiscal Anticorrupción –que emplea buena parte de los más de 60 folios del recurso en subrayar las cambios de criterio del juez respecto a resoluciones anteriores en las que se negó a imputar a la Infanta– asegura que «es evidente que no concurren ni uno solo de los requisitos exigidos por el Tribunal Supremo para la comisión de un delito de blanqueo». Al mismo tiempo, subraya que no ha encontrado «caso alguno» en el que –como sucede con Doña Cristina– «se impute un delito contra la Hacienda Pública por cooperación necesaria en el fraude fiscal en el IRPF de su cónyuge» (en este caso, respecto a los delitos fiscales en el IRPF de 2007 y 2008 que Hacienda atribuye a Iñaki Urdangarín por tributar a través de la empresa del matrimonio, Aizoon, sus ingresos personales) «por el simple hecho de compartir participaciones sociales de una mercantil».

El representante del Ministerio Público recuerda que durante los cuatro años de investigación del «caso Nóos» se ha tomado declaración «a cientos de testigos» vinculados laboral o comercialmente al Instituto Nóos y Aizoon «sin que se haya puesto de manifiesto una mínima participación» de Doña Cristina en la gestión de la empresa, despreciándose, se queja, «indicios de notable fuerza exculpatoria». La ley, reclama, «debe ser igual para todos».

Al margen de la gestión

Y es que, para Horrach, el magistrado ha llegado a la convicción de la culpabilidad de la hija de Don Juan Carlos para, a posteriori, poner en marcha «una intensa prospección para ver si se la pilla en un renuncio», relegando –denuncia– los parámetros de «imparcialidad, objetividad y congruencia que deben presidir cualquier actuación judicial».

Castro ignora igualmente, lamenta, los miles de correos electrónicos intervenidos que acreditan que en la gestión de Aizoon «no intervenía Doña Cristina», así como las decenas de ellos, añade, que revelan su «nula participación en la decisión de imputar facturas de gastos como costes de explotación» de Aizoon.

Respecto a la contratación del servicio doméstico por parte de la Infanta –posteriormente pagado a través de Aizoon–, Horrach recuerda al juez que él mismo, en marzo de 2012, aseguró que estos hechos «sólo merecerían la calificación de infracciones laborales».

Especialmente crítico se muestra el fiscal al referirse a la actuación investigadora llevada a cabo por Castro desde que, en mayo del año pasado, la Audiencia Provincial de Palma «tumbó» la primera imputación de la Infanta y abrió la puerta a la posible existencia de delito fiscal y blanqueo. A partir de ese momento, subraya, el juez emprendió una «expedición de pesca, gratuita e inútil» asumiendo un rol «de parte acusadora». «Ser simultáneamente juez y parte –dice– desemboca ineludiblemente en falta de imparcialidad y objetividad».

No se mostró evasiva

Horrach también discrepa de la opinión del juez de que la Infanta, en su declaración como imputada, se mostró evasiva. Lo que ocurrió, asegura, es que no dijo «lo que el instructor quería oír».

Al fiscal de Anticorrupción le resulta paradójico que se dé por hecho que la Infanta debía conocer las obligaciones fiscales de su marido en el IRPF y la forma de tributar sus ingresos cuando tanto el juez como la acusación popular que ejerce Manos Limpias «ignoraban el marco jurídico-tributario». Hasta el momento, subraya, «no se ha puesto de manifiesto participación alguna» de la Infanta «en el presunto delito contra la Hacienda Pública imputado a su cónyuge por fraude en el IRPF». Que ambos sean cónyuges y socios, concluye, «no genera un trasvase de responsabilidad penal».

Horrach cree que no es posible llegar a la convicción de que Doña Cristina «debía sospechar desde el año 2005 que las actividades de su cónyuge eran oscuras», aunque firmara a ciegas las actas de la sociedad, «algo que la experiencia demuestra frecuente». Ni siquiera, añade, a partir de marzo de 2006, cuando la Casa del Rey obligó a Urdangarín a apartarse de Nóos. «Ninguno de los imputados y cientos de testigos», recalca, la han citado «como conocedora de irregularidades». Aventurar lo contrario, dice, es sólo una mera especulación.

Por último, el fiscal recalca que si la responsabilidad del entramado empresarial de Nóos se atribuye a Urdangarín y Diego Torres, los delitos deben imputarse sólo a ellos y no, también, a sus esposas.