Andrés Bartolomé

El Supremo rechaza apartar a la Fundación Franco de la causa por la exhumación

La Abogacía del Estado pretendía expulsar a la entidad por falta de «legitimidad» en el procedimiento.

El Valle de los Caídos, en una imagen de archivo / Efe
El Valle de los Caídos, en una imagen de archivo / Efelarazon

La Abogacía del Estado pretendía expulsar a la entidad por falta de «legitimidad» en el procedimiento.

El Tribunal Supremo rechaza expulsar de la causa judicial contra la exhumación de Franco a la Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF), tal y como pedía la Abogacía del Estado en su escrito del pasado 19 de junio.

El Alto Tribunal desestima la petición del letrado del Estado de expulsar a la entidad del procedimiento en curso alegando que había sido «interpuesto por persona (asociación) no legitimida». La FNFF –que preside el general Juan Chicharro– se opuso a tal petición y el Supremo ha dado por buenos sus argumentos, en los que explicaba que no defendía «los intereses de una persona concreta sino los fines de la propia Fundación vinculada a la persona de Francisco Franco».

Así lo han decidido los cinco magistrados competentes para resolver la causa –en un auto al que ha tenido acceso LA RAZÓN– al entender que, aparte del «deber de interpretar con amplitud las fórmulas que las leyes procesales» utilizan al atribuir la legitimación activa para acceder a los procesos judiciales, «no cabe negar en este caso la existencia de un vínculo entre los fines de la asociación recurrente y la actividad administrativa impugnada». En efecto, apuntan los magistrados, «conforme a una consolidada doctrina jurisprudencial formulada por esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la legitimación está ligada a la acreditación de la existencia de un interés legítimo» que se da respecto a la Fundación Nacional Francisco Franco en el caso de la exhumación del Valle de los Caídos de los restos mortales del que fuera jefe del Estado.

Se trata de un nuevo revés para el Ejecutivo de Pedro Sánchez, que también intentó apartar del procedimiento a la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos. El Supremo afea precisamente a la Abogacía del Estado que en su oposición a que esta asociación continuase en la causa –el Alto Tribunal también resolvió a favor de la entidad recurrente y en contra de los letrados públicos– alegara como motivo que los hechos objeto de análisis se referían a «aspectos o cuestiones que afectan a la familia de Francisco Franco, a la comunidad benedictina del Valle de los Caídos o a la Fundación Francisco Franco, pero no a la asociación recurrente». Lo que significa que entonces «reconocía expresamente la vinculación de los actos impugnados» con la FNFF.

En un comunicado, la entidad que preserva el legado franquista consideraba ayer que el auto del Supremo es un «nuevo varapalo judicial al Gobierno, en menos de dos meses, ante sus ilegales pretensiones y obsesión por profanar el cadáver» de Franco.

En su opinión, se ve así «frenada la permanente obstinación y férreo empeño por parte del Consejo de Ministros –que raya en la obcecación–, en llevar a cabo una ilegal exhumación, traslado e inhumación a pesar de no contar con la licencia municipal del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, a pesar de estar protegido el Valle de los Caídos por su carácter sagrado, a pesar de no tener la autorización del Abad de ese lugar –como se infiere del Acuerdo Jurídico con la Santa Sede de 3 de enero de 1979– y a pesar de no tener el consentimiento de la familia, entre otras muchas razones».

A partir de este momento, la familia Franco y la Abogacía del Estado tendrán que presentar al Tribunal Supremo sus escritos de alegaciones «sobre los hechos y los fundamentos jurídicos» en que basan sus respectivas posiciones en este procedimiento. Con los documentos de ambas partes en su poder, los cinco magistrados del Alto Tribunal basarán su postura y retomarán las deliberaciones a la vuelta del verano en busca de una sentencia final.