
Semana clave
Los jueces críticos del TC: «En la Constitución no está la amnistía»
La mayoría progresista avanza en su respaldo a la ley mientras el sector conservador ultima sus votos particulares

El Tribunal Constitucional (TC) está a un paso de alumbrar la sentencia que respaldará que la Ley de Amnistía no es contraria a la Carta Magna. El Pleno de la corte de garantías –de mayoría progresista– dio ayer un paso decisivo al determinar –con el voto en contra de los cuatro magistrados conservadores– que las amnistías tienen cabida en la Constitución. El siguiente, que se producirá en la sesión de hoy, o a lo sumo en la de mañana, será declarar la constitucionalidad de la Ley de Amnistía al independentismo, que garantizó la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno con los votos de ERC y JuntsxCat.
La semana clave para que la sentencia sobre la amnistía sea una realidad llega hoy a su ecuador en medio de la resignación del bloque conservador, que ultima ya sus votos particulares en contra de la decisión de avalar la Ley de Amnistía, algunos de los cuales superarán el centenar de folios y supondrán un duro varapalo –según las fuentes consultadas– al encaje de la polémica norma en la Carta Magna.
«Se afronta como un mero trámite, que es lo que es», apuntan las fuentes consultadas, conscientes de que «nada de lo que digamos se va a aceptar» porque tal y como ya anunció el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, el asunto «se quiere dejar zanjado esta semana». Un convencimiento que se ha traducido, como ya apuntó este periódico, en unas intervenciones sucintas de los magistrados discrepantes limitándose a señalar los puntos de discrepancia y reservando la batería de argumentos contrarios a la ley para esos votos particulares que estarán listos, previsiblemente, escasas horas después de que la sentencia sea una realidad.
Los magistrados discrepantes defienden que el Parlamento «no es omnipotente» y recalcan que es representante de la soberanía nacional «pero no es soberano», por lo que «no puede hacer sino lo que la Constitución dice que puede hacer». Y en la Constitución, han defendido según las fuentes consultadas, «no está la amnistía». De ahí que defiendan, y así lo expondrán en sus votos particulares, la medida de gracia «no puede encuadrarse en la función legislativa porque es una medida excepcional y la Constitución prevé todas las excepciones desde el estado de alarma hasta el artículo 155 o el decreto ley».
«El constituyente –recalcan– no quiso constitucionalizar la amnistía porque la propia Constitución nace de poner punto y final a cualquier amnistía con la de 1977», afirman en relación a que no se aceptaran las enmiendas a la Norma Fundamental.
"Solo por vía de enmienda constitucional"
Con esas premisas, sostienen, al aprobar la amnistía el Parlamento «está convirtiéndose en constituyente porque se atribuye algo que solo al pueblo soberano corresponde». Y recuerdan que la Comisión de Venecia señaló que «solo por vía de enmienda constitucional podría admitirse» la amnistía. En este sentido, señalan que el artículo 66 de la Constitución apunta que el Parlamento ejerce la función legislativa, la presupuestaria, la de control del Gobierno y las demás previstas en la Constitución».
Y en cuanto a la prohibición de indultos generales, que sí recoge expresamente la Carta Magna, indican que «solo se puede ejercer el derecho de gracia conforme a lo previsto en la ley y esta sólo prevé los indultos individuales». Cuando se prohíbe «lo menos» es «porque se prohíbe lo más», argumentan en base a «un principio interpretativo del derecho».
Ayer mismo, el guion previsto se cumplió a rajatabla, pues la mayoría del Pleno determinó –en plena sintonía con el borrador del fallo– que la amnistía cabe en la Constitución porque la Carta Magna no la prohíbe expresamente, una conclusión que supone el paso previo para avalar la Ley de Amnistía en sí.
La ratificación del encaje constitucional de una amnistía coincide con lo apuntado al respecto en la ponencia de la vicepresidenta de la corte de garantías, Inmaculada Montalbán, quien defiende en ese borrador que en la Carta Magna «no existe una prohibición expresa» de la amnistía como tal.
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