Inconstitucionalidad

Juristas y exmagistrados del TC cuestionan una amnistía para la investidura: “es arbitrario”

Los expertos recordaron que la amnistía supone "borrar" un delito "solo para algunos" y advirtieron que si se aprueba la amnistía, "todo vale"

MADRID, 24/10/2023.- El expresidente del Tribunal Constitucional Pascual Sala (i), la ex vicepresidenta del Tribunal Constitucional Encarnación Roca (c) y el catedrático y experto en Derecho Penal Enrique Gimbernat (d) participan en el debate sobre el encaje constitucional de una eventual Ley de Amnistía en el Foro Justicia ICAM, del Colegio de la Abogacía de Madrid, este martes. EFE/ Fernando Alvarado
Foro Justicia sobre la amnistía, en el Ilustre Colegio de la Abogacía de MadridFERNANDO ALVARADOAgencia EFE

La amnistía genera dudas en el debate jurídico de más alto nivel no solo por su inconstitucionalidad, sino también por la motivación que hay detrás de ella. Si el fin de un indulto general es lograr un acuerdo de investidura, es una decisión arbitraria. Así lo señalaron en el Foro Justicia organizado por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), donde destacaron que la malversación de fondos públicos es un delito de extrema gravedad y no amnistiable.

“Si el motivo de la amnistía fuera obtener los votos necesarios para formar un Gobierno, sería arbitrario”, señaló Pascual Sala, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), que recalcó que la finalidad de esta norma siempre debe respetar estrictamente la Carta Magna. El también exmagistrado de lo Contencioso Administrativo se declaró firme defensor de la unidad territorial y detalló que la única situación en la que se justificaría su aprobación sería garantizar la convivencia ciudadana, “pero siempre que tenga esta finalidad: la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes”, subrayó.

Junto con afirmar que, si la Constitución prohíbe los indultos generales, con mayor motivo prohíbe la amnistía, destacó que son medidas de gracia distintas. El indulto está reservado al Ejecutivo, pero la amnistía no está prohibida explícitamente porque es potestad de las Cortes Generales, sostuvo.

Otra de las ponentes fue Encarnación Roca, exvicepresidenta del TC, señaló que "No me voy a pronunciar sobre la constitucionalidad o no de una ley que no existe”. Y seguidamente, apuntó que "lo que hay que analizar si es conveniente o no políticamente” y que el control del Poder Judicial es “el oscuro objeto de deseo” del Ejecutivo.

La amnistía “es una cuestión política que ha seguido una serie de pasos que no han sido programados, sino que han sido exigidos. Y esta serie de pasos van a acabar no con la amnistía, si finalmente hay una ley, sino con otras cosas”, insinuó. El primer paso, relató, fue el indulto y después vino la derogación del delito de sedición. “La amnistía puede ser una consecuencia lógica de la derogación del delito de sedición, por aplicación de la ley más favorable”, afirmó la exmagistrada.

Sin embargo, se detuvo en el delito de malversación, que podría tener consecuencias a nivel europeo, donde hay que seguir unas reglas. “La criatura no llora por la sedición, llora por la malversación”, ironizó, a la vez que indicaba que si un jurista tiene que aplicar la ley de amnistía, tendrá que dirigirse al Tribunal Constitucional, “que puede solucionar muchas cosas o no, porque la independencia del Poder Judicial, que yo me la he creído cuando era juez, está por encima de cualquier tipo de argumentación para decir que sí o que no. Hasta que no esté en la mesa de un tribunal, no lo sabremos”, concluyó Roca.

Por su parte, el catedrático de Derecho Penal, Enrique Gimbernat, lo dijo de forma taxativa: “la amnistía es inconstitucional”. Tras ello, discutió algunos argumentos a favor, como que el TC no había anulado las amnistías de 1977 y anteriores, algo que no ocurrió precisamente porque tenían carácter preconstitucional y pertenecían a un orden jurídico no democrático. También recordó, a este respecto, que la misma Constitución prohíbe la aplicación retroactiva de las leyes desfavorables.

El experto aclaró que el orden jurídico español se ha blindado con la prohibición de los indultos generales porque las amnistías son arbitrarias y atentan contra el principio de igualdad. “¿Qué clase de Derecho Penal es ese que el que, si alguien está dentro de la amnistía, sale libre, y el que está fuera, se le castiga a una pena de diez años?”, se cuestionó.

Gimbernat ha recordado que el delito de malversación está en los códigos penales de todo el mundo porque es “robar de los fondos públicos”, un “delito gravísimo” y que no es amnistiable. Recordó que cuando un delito se deroga, es para todos y para el futuro, “pero la amnistía es solo para algunos”. A juicio de Roca, “si hay ley de amnistía, todo vale”.