Protestas

La Justicia rechaza que se desvíe una manifestación para que no pase por la sede del PSOE en Ferraz

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) revoca la decisión del delegado del Gobierno, que se escudó en que se trata de un "área de especial protección" para garantizar el orden público

La sección décima de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la decisión del delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, de modificar el recorrido de una manifestación convocada mañana por Falange en Ferraz para que no pasase por la sede del PSOE, que calificó de "área de especial protección en garantía de la seguridad pública".

El delegado del Gobierno adoptó la decisión para evitar posibles alteraciones del orden público, pero el tribunal le recuerda que no se puede restringir el derecho de reunión con "meras sospechas" y concluye que esa justificación "carece de sentido" porque no existen razones fundadas para alterar el recorrido inicial.

La Sala recuerda, acogiéndose a la doctrina del Tribunal Constitucional (TC), que para restringir el derecho de reunión "no basta la mera sospecha" o la posibilidad de que la manifestación "produzca una alteración del orden público", sino que deben esgrimirse "razones fundadas", algo que en este caso los magistrados consideran que "no se ha acreditado", pues ni siquiera se aporta un informe policial sobre la posible afectación que causaría la manifestación al orden público.

De ahí que el TSJM estime el recurso interpuesto por Falange contra la resolución del delegado del Gobierno -adelantada por Okdiario y a la que ha tenido acceso LA RAZÓN-, que queda revocada porque "no es conforme a derecho la modificación del itinerario" y autorizando a los convocantes a realizar la manifestación "en el itinerario inicialmente comunicado".

El delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, decidió el pasado 30 de enero modificar el itinerario de la manifestación convocada para mañana en la calle Ferraz, entre las ocho y las diez de la noche, para homenajear a Matías Montero, estudiante falangista, en el número 70 de la calle Juan Álvarez Mendizábal "el lugar donde fue asesinado por pistoleros socialistas".

Restringe el derecho de reunión

En esa resolución, el delegado del Gobierno justificó su decisión en que el recorrido de la manifestación discurre por un tramo de la calle Ferraz, donde "se encuentra la sede del Partido Socialista Obrero Español, espacio que es, en los momentos actuales, un área de especial protección en garantía de la seguridad pública". Y recordaba que desde el 3 de noviembre del pasado año "se vienen produciendo concentraciones diarias de personas" y en "muchas de ellas se han producido alteraciones del orden público con personas heridas de diversa consideración", con detención de personas "que procedieron a alterar gravemente el libre ejercicio del derecho de reunión y manifestación".

La Delegación del Gobierno alteró "levemente" el recorrido de la concentración para "reducir los riesgos de alteración del orden público", pero Falange planteó contra esa resolución "arbitraria" un recurso para la protección de los derechos fundamentales en el que esgrimió, en primer lugar, que la resolución se dictó fuera de plazo, al tardar 22 días naturales en dictarla, "teniendo obligación de resolver en 72 horas", lo que acarrea su nulidad, una alegación que no comparte el TSJM, que asegura que ese retraso no afecta al ejercicio del derecho de reunión.

Además, expuso que el delegado del Gobierno vulneró los principios de igualdad y proporcionalidad y limitó el derecho de reunión basándose en "una presunción no constatable", la previsión de riesgos de alteración del orden público. De hecho, se quejaba, la modificación del itinerario suponía "una prohibición encubierta" y "no justificada", al considerar la calle Ferraz a la altura de la sede socialista una "zona especialmente protegida". Y más teniendo en cuenta, señalaba, que en estos momentos, las protestas en Ferraz "son insignificantes o nulas y no afectan a la seguridad pública".

Falange se quejaba asimismo de un agravio comparativo en relación a Frente Obrero y Vox, cuyas manifestaciones sí autorizó la Delegación el 11 de noviembre y el 6 de diciembre pasados. La Sala, sin embargo, no acoge esta argumentación al no constarle que efectivamente esas protestas fueran autorizadas por la Delegación del Gobierno.

La Fiscalía apoyó el recurso de Falange, al entender que "no se aprecian razones fundadas de alteración del orden público con peligro para bienes y personas" que avalen el cambio del itinerario para sortear la sede del PSOE. La Abogacía del Estado reclamó sin embargo que se ratificase la resolución recurrida.