Política

Lucha contra ETA

La Ertzaintza sostiene que ETA no buscó un genocidio con sus atentados

En el atentado contra la casa Cuartel de Vic (1991) murieron 10 personas, cinco menores
En el atentado contra la casa Cuartel de Vic (1991) murieron 10 personas, cinco menoreslarazon

En el informe remitido a la Audiencia, la Ertzaintza sostiene que «atendiendo a la contextualización ideológica» no se puede interpretar que ETA tuviera como intención la eliminación sistemática de todos los individuos de un sector».

«Atendiendo al número de acciones y a la contextualización ideológica que la propia ETA ha hecho de ellas, no se puede interpretar que esta incidencia tuviera como intención la eliminación física y sistemática de todos los individuos de un sector», es decir, que la actividad terrorista de la banda desde su constitución no puede considerarse en ningún caso un delito de genocidio ni de lesa humanidad. Así lo sostiene la Ertzaintza en el informe remitido al juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez sobre el «análisis de información sobre los fines perseguidos por la banda terrorista ETA, desde su constitución hasta hoy y sobre los integrantes de sus sucesivas cúpulas». Esta diligencia fue ordenada por el magistrado en relación con la querella, presentada inicialmente por una víctima de l a banda y que después la asumió como propia la asociación Dignidad y Justicia, por un delito de genocidio, de lesa humanidad, contra ETA, dirigida concretamente contra cinco de sus ex dirigentes: Juan Lorenzo Lasa Michelena, Eugenio Echeveste, José Luis Ansola Larrañaga, Francisco Múgica Garmendia y José Antonio Urrutikoetxea. De ellos, sólo Múgica Garmendia permanece en prisión, mientras que Urrutikoetxea, «Josu Ternera» está huido de la Justicia. Los tres restantes se encuentran en libertad tras cumplir sus condena.

En el informe de la Ertzaintza, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, se señala que ETA siempre ha tenido como «objetivo estratégico» la «independencia y socialismo» del País Vasco, incluyendo Navarra y tres provincias de Francia. Para lograr ese fin último se ha inspirado en «principios ideológicos, prácticos y éticos de carácter marxista», principios que son los que han «motivado y guiado toda su práctica violenta».

La Policía Autónoma Vasca destaca en su informe –de apenas nueve folios–, que obra en poder del juez desde hace unos meses, que el objetivo de la «violencia» etarra siempre ha sido «instrumental». En este sentido, señala que para la banda terrorista la «lucha armada» se ha fundamentado, entre otras virtualidades, en su capacidad de incidir políticamente y en generar la necesidad de asumir la metodología particular de sus sucesivos «procesos de resolución» bajo la premisa de «se lucha para negociar, se negocia para seguir luchando».

Así, y de acuerdo a esos criterios de «incidencia política y de generar necesidad de resolución», ETA estableció e incorporó como «objetivos personales de sus acciones» a referentes y amplios sectores «de la sociedad española y vasca», entre los que han figurado, además de los Cuerpos de Seguridad, «tradicionalmente los más castigados por la violencia terrorista», personas de perfiles «completamente diferentes».

En este sentido, esgrime la Ertzaintza cómo en la medida en que cada vez más sectores de la población pasaban a formar parte de los objetivos de la banda terrorista, las «acciones de esta última se reducían cuantitativamente. Es decir, el aumento de la diversidad de objetivos ha sido inversamente proporcional al número de acciones» terroristas.

Junto a ello, se sostiene que los atentados se llevaban a cabo en función de los «criterios de eficacia» que tenía ETA. Así, en ocasiones bastaba con atentar aisladamente contra un determinado sector para provocar el «efecto político deseado»; mientras que en otras circunstancias, «la línea de actividad armada contra un grupo debía ser recurrente para ser efectiva».

Con estos argumentos es con lo que concluye la Ertzaintza que las acciones terroristas de ETA no buscaban la «eliminación física y sistemática de todos los individuos de un sector». Ésta es la base para que se pueda imputar un delito de genocidio, tal como se pretende con la mencionada querella interpuesta por Dignidad y Justicia, ya que ese delito conlleva la pretensión de « destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso».

Posteriormente, el informe de la Policía Autónoma Vasca se centra en identificar a los que han formado parte de las sucesivas cúpulas de la banda terrorista, desde la «caída de Sokoa» hasta la actualidad.

De los cinco ex dirigentes etarras a los que «apunta» la querella, la Ertzaintza sólo señala a Urrutikoetxea Bengoetxea, «Josu Ternera», como uno de los que formó parte de la dirección de ETA, quien ya aparece a principios de los años 2000 como uno de los principales responsables de su «aparato político». En cambio, Lasa Michelena, Eugenio Echeveste, Ansola Larrañaga y Múgica Garmendia, «Pakito», no aparecen ni mencionados en el citado informe policial.

Se da la circunstancia que un reciente informe de la Guardia Civil, elaborado en relación con el envío de paquete-bomba a la Escuela Penitenciaria de Carabanchel, en 1990, señalaba a «Pakito» como responsable del «aparato militar» y de la dirección de la banda en esos años.