Caso Nóos

«Urdangarín ya viene condenado por parte de la sociedad y medios»

La defensa insiste en que no incurrió en delito alguno y la Fiscalía pide diez años de cárcel.

El abogado de Jaume Matas, José Zaforteza (i), el abogado de Diego Torres, Manuel González (2d), y el abogado de Iñaki Urdangarín, Mario Pascual Vives (d), durante la vista pública de los recursos presentados contra las condenas que impuso la Audiencia de Palma en el Caso Nóos
El abogado de Jaume Matas, José Zaforteza (i), el abogado de Diego Torres, Manuel González (2d), y el abogado de Iñaki Urdangarín, Mario Pascual Vives (d), durante la vista pública de los recursos presentados contra las condenas que impuso la Audiencia de Palma en el Caso Nóoslarazon

La defensa insiste en que no incurrió en delito alguno y la Fiscalía pide diez años de cárcel.

«Con todo el respeto para este tribunal les pido, fíjense qué temeridad, que absuelvan al señor Iñaki Urdangarín, que a día de hoy ya viene condenado por parte de la sociedad y determinados medios de comunicación». Con esta paradigmática frase terminó su intervención el abogado del ex duque de Palma, Mario Pascual, durante el recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que le condenó a seis años y tres meses y multa de 512.533,68 euros por los delitos de prevaricación en concurso con uno de falsedad en documento público y de malversación, fraude a la Administración pública, de tráfico de influencias y dos contra la Hacienda Pública. La Fiscalía, por su parte, solicitó que se le incremente la pena hasta los 10 años de prisión, al considerar que, junto con su socio en el Instituto Nóos, Diego Torres –para quien solicitó igualmente una mayor condena– como «motor de toda la secuencia» de los delitos cometidos dentro de la sociedad que dirigían y que en el delito de malversación había que aplicarle el tipo agravado.

En su alegado, Pascual incidió en que su representado no incurrió en ninguno de los delitos por los que fue condenado. Así, señaló, en primer lugar, la extrañeza que supone el hecho de que a día de hoy todavía exista una «falta absoluta de cálculo en la cuota tributaria que se debe imputar a Iñaki Urdangarín».

Así, en relación con el delito de tráfico de influencias , por el que fue condenado a un año de prisión, esgrimió una resolución de la propia Audiencia de Palma de Mallorca –de una sección distinta a la que celebró el juicio–, en la que se venía a incidir en que no se podía acusar a Urdangarín por ese delito ya que, en todo caso si hubo influencia por su vinculación con la Casa Real en los contratos suscritos por Nóos con la Administración balear sería una «impune por atípica» y en ningún caso delictiva.

En cuanto a los dos delitos fiscales –uno del año 2007, por una cuota no ingresada de 129.739,19 euros; y otro del año 2007, por una cuota no ingresada de 126.537,65 euros–. La defensa de Urdangarín esgrimió que si la Sala consideraba que se le debía aplicar la legislación del IRPF y no la del Impuesto de Sociedades, entonces se le debían descontar en su renta las retenciones que por obligación del IRPF correspondía efectuar, en exclusiva a las Sociedades pagadoras. De haberse efectuado tales retenciones habría desaparecido entonces »el umbral de la cuota del delito fiscal», en 100.000 euros.

En este sentido, señaló que con que sólo una de las cinco sociedades que pagaron los servicios de su patrocinado hubiese practicado las correspondientes retenciones a las que estaban obligadas «legalmente», la cuota defraudada ya no alcanzaría el mínimo de 100.000 exigibles para considerar cometido un delito fiscal.

Junto a todo ello, sostuvo la plena legalidad de los convenios firmados con fundaciones dependientes del Gobierno balear, y que todos ellos redundaron de forma positiva en la imagen de esa comunidad autónoma y, por tanto, fueron útiles.

Por su parte, la representante del Ministerio Fiscal, Ángeles Garrido, justificó su petición de aumento de condena para Urdangarín y Diego Torres en que «de ellos partió la iniciativa y ellos fueron los instigadores para la corrupción en los funcionarios públicos», señaló en relación con los convenios con fundaciones dependientes de la Administración balear.

Junto a ello, destacó que se debía aplicar el tipo agravado en el delito de malversación, que se habría producido por haber causado un supuesto perjuicio a la Administración balear 445.000 euros, relacionado con convenio de patrocinio suscrito con Nóos.

La Abogacía del Estado, por su parte, tiró del filósofo y jurista Montesquieu para justificar también su petición de elevar las penas: «La ley es como la muerte: no puede exceptuar a nadie».