Tribunales

El Supremo cerca a Ábalos por los tres años en los que la trama pagó la "cuantiosa" renta del piso de Jesica

Mantiene la investigación por las obras supuestamente preadjudicadas y pide no minimizar las confesiones de Aldama

AMP.- La Miss Asturias contratada por "influencia" de Ábalos no acude a declarar al Supremo por error en la notificación
AMP.- La Miss Asturias contratada por "influencia" de Ábalos no acude a declarar al Supremo por error en la notificaciónEuropa Press

El Tribunal Supremo advierte a José Luis Ábalos que el caso Koldo no se ciñe a la compra de mascarillas en pandemia. Aunque esta causa de corrupción nació con el foco puesto en la adjudicación de dichos contratos covid, ahora se investiga su gestión al frente del Ministerio de Transportes y sus vínculos con la trama. El magistrado instructor Leopoldo Puente, le pone como ejemplo los pagos de la red del piso de Jesica, quien fuera su pareja, durante tres años, entre 2019 y 2021. Al respecto dice que los mismos fueron "uno de los beneficios económicos" que habría obtenido de los investigados.

Puente responde de esta manera a sendos recursos interpuestos por Ábalos y por quien fuera su asesor en el Ministerio, Koldo García, contra el auto del 23 de abril, por el cual se ordenó a la Guardia Civil que elaborase un informe sobre el presunto amaño de adjudicación de obras del departamento que entonces dirigía el político valenciano. En concreto, ordenó que se pusiera el foco en el listado que Víctor de Aldama aportó al Tribunal Supremo.

La entrega de este material propició que se realizara una prueba caligráfica a Koldo García puesto que el conseguidor de la trama dijo que los subrayados y las anotaciones manuscritas eran suyas. El resultado de la pericial dio la razón al empresario, por lo que el juez ha pedido que se ahonda en estas pesquisas. El propio Aldama confesó, además, que estos amaño se adjudicaron a cambio de dádivas que no solo se repartieron entre ellos, sino que también se desviaron al PSOE.

Pide "no minimizar" a Aldama

En ese sentido, Ábalos y Koldo trataron de frenar esta línea de investigación, pero Puente les advierte que sigue adelante y que no se puede limitar la causa a los contratos de pandemia. "Parece llegado ya el momento de que el Sr. Ábalos Meco y su defensa comprendan (...) que el objeto de esta causa no se limita a su intervención en la contratación de las mascarillas (...). Uno de los beneficios económicos que aquí se le atribuyen se refiere al pago por parte del Sr. de Aldama (...) de la cuantiosa renta del piso en el que residía quien era entonces la pareja sentimental del Ministro. Esos pagos dieron comienzo en el mes de marzo del año 2019 y se prolongaron hasta septiembre de 2021, es decir, comenzaron mucho antes, no ya de que se concertaran los tan referidos contratos para la adquisición de mascarillas, sino incluso con anterioridad", reza el instructor.

Además, aboga por no "no minimizar" el valor probatorio de las confesiones de Aldama. En ese sentido, Puente ha pasado de apuntar que no había indicios que las avalaran a comenzar a dar cierta validez a algunos aspectos de sus relato como, por ejemplo, el relativo a los pagos del piso de Jessica o al presunto amaño de obras millonarias en Fomento. "No es solo que el Sr. de Aldama Delgado no niegue su participación decisiva en los mencionados hechos, sino que, incluso, incorpora en sus declaraciones otros, vinculados a aquéllos, pero inicialmente no conocidos en su detalle por los investigadores", reza el juez.

Confesiones corroboradas

Al respecto, el magistrado de la Sala Segunda precisa que la diligencia de investigación ordenada a la UCO sobre las obras de Transportes no trae causa de las simples declaraciones de Aldama, sino que estos documentos contenían relaciones de obra pública. Al respecto apunta que Koldo García, en su interrogatorio en sede judicial, "no negó que protagonizara dichos envíos", aunque sí dijo que esa letra no era suya.

Por esa razón, el alto tribunal acordó la pericial caligráfica que ha terminado avalando la tesis de Aldama. "Así pues, la decisión adoptada y que aquí se impugna no descansa en las solas manifestaciones del Sr. de Aldama, sino que éstas aparecen corroboradas, si quiera prima facie, por los documentos que acompañó, que le fueron remitidos por el Sr. García Izaguirre y en cuya elaboración concreta tuvo éste personal intervención", añade Puente.