Manipulación de Interior

"Trampas" y un "grave error legal" en la polémica norma de Marlaska sobre el consumo de drogas en coches estacionados

Acusan al Gobierno de "falsear" las resoluciones judiciales y vender una interpretación "torticera, manipulada y parcial" de la ley

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El ministro del Interior, Fernando Grande-MarlaskaEuropa Press

El pasado miércoles, la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska, emitía la Instrucción 7/2025 por la que, a partir de ahora, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no podrán sancionar a aquellas personas que consuman drogas en un vehículo estacionado. Una norma que ha generado una oleada de críticas entre los propios agentes y que no está exenta de polémica.

Tanto es así que desde la Guardia Civil, la asociación JUCIL ya ha anunciado que presentará de "manera inminente" un recurso contra esta norma y solicitará la suspensión cautelar de su aplicación. Argumentan que existe un "grave error legal" y de política de seguridad, ya que "garantiza la impunidad en el consumo y posesión de sustancias ilícitas en el interior de vehículos particulares estacionados, siempre que no estén destinados al tráfico".

Desde el Ministerio del Interior se considera que la posesión o consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas dentro de un coche estacionado y utilizado como medio de transporte "no se encuadra en ninguna infracción administrativa tipificada en la legislación vigente". Es más, pide a los policías y guardias civiles que no intervengan en estos casos. Pero esta "permisividad", a juicio de los agentes, podría ser aprovechada por los pequeños traficantes o grupos organizados, que fomentan el consumo puntual en espacios públicos y el narcotráfico.

"Total impunidad" para los delincuentes

Sin embargo esta interpretación del concepto de domicilio se antoja "extraordinariamente extensiva", según esta asociación, ya que no se ajusta al marco legal ni a la jurisprudencia del Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional. En la práctica, denuncian, lo que esta medida permite es el consumo y tenencia de drogas en plena vía pública, incluso en zonas frecuentadas por menores, personas en rehabilitación, o colectivos vulnerables. Y lo harán "con total impunidad", siempre que se haga dentro de un coche estacionado, a la vista de todo el mundo, menores incluidos.

Un argumento compartido por el sindicato policial Justicia Social (JUPOL), que califica la decisión de Grande-Marlaska como un nuevo ataque a la autoridad policial, a la jurisprudencia y al principio de legalidad. Así, denuncia que esta norma se apoya en una interpretación "torticera, manipulada y parcial de varias sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional". Porque, con esta decisión, el Ministerio del Interior "no solo desprecia el trabajo de los cuerpos policiales", sino que se atreve a "falsear el sentido de resoluciones judiciales firmes para legitimar una instrucción ideologizada y peligrosa".

Las omisiones "premeditadas" del Gobierno

Pero por si hubiese alguna duda, desde este sindicato analizan las sentencias una por una. En la primera de ellas, la Sentencia del Tribunal Supremo STS 1317/1999, de 21 de septiembre, explican que Interior "ha obviado intencionadamente" un fundamento de derecho esencial en el que se avala la intervención de los agentes en vehículos particulares, incluso si eso implica una cierta afectación a la privacidad, siempre que la actuación sea proporcionada, adecuada y justificada en aras de la seguridad ciudadana. Por ello, subrayan que "el ministerio extrae lo que le interesa y omite, con premeditación, lo que reafirma la legitimidad de la acción policial".

En la segunda sentencia, la STS 569/2013, de 26 de junio, Interior directamente omitió que la supuesta intromisión en la intimidad no fue realizada por agentes de la autoridad, sino por un particular, lo que invalida completamente su uso como fundamento jurídico para limitar o condicionar la actuación policial. "Se trata de una manipulación burda e inaceptable", destacan desde JUPOL.

Y en la tercera sentencia, la 170/2013, de 7 de octubre, del Tribunal Constitucional, el ministerio incurre, a su juicio, en una "tergiversación aún más grave", ya que los hechos enjuiciados nada tienen que ver con vehículos ni con el consumo de drogas en los mismos. La sentencia se refiere a vigilancia mediante cámaras de seguridad privadas, por lo que no resulta aplicable de ningún modo a la casuística que pretende regular esta instrucción.

Una conducta "moralmente reprobable"

En definitiva, consideran que la Instrucción 7/2025 no solo es jurídicamente defectuosa, sino también "moralmente reprochable, al apoyarse en falsedades, medias verdades y ocultaciones deliberadas". Insisten en lo que debe hacer el Ejecutivo y su ministro Grande-Marlaska es "modificar la ley, endurecerla y establecer con claridad las conductas que deben ser perseguidas y penalizadas". Porque todo lo demás no es más que un ejercicio de "cobardía institucional y de dejación de funciones".

En este sentido, este sindicato rechaza que se utilicen circulares internas para asuntos que deben establecerse por ley. "Esto no solo desautoriza a los cuerpos policiales, sino que beneficia a quienes cometen delitos y pone al Estado del lado de los infractores", concluyen. Y por todo ello, JUPOL exige la retirada inmediata de esta instrucción, así como una rectificación pública del contenido emitido y una revisión exhaustiva de sus fundamentos jurídicos por parte de instancias independientes.