Caso Nóos
Una declaración «sencilla, pero imprevisible»
Las claves de la comparecencia de la Infanta. Los testimonios exculpatorios de los peritos de Hacienda. complican a Castro la imputación por delito fiscal
«La declaración es sencilla, pero imprevisible». Así se refieren las fuentes jurídicas consultadas a la comparecencia de la Infanta Cristina del próximo sábado, cuando deberá declarar como imputada ante el juez José Castro, instructor del «caso Nóos». Las declaraciones de los tres inspectores de Hacienda y de la responsable policial de la investigación del pasado día 25 han allanado la situación judicial de la hija del Rey. Doña Cristina acudirá a los juzgados de Palma de Mallorca a declarar como imputada por delito fiscal y blanqueo, en contra de la opinión de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, para los que no hay indicio alguno que sostenga esa imputación.
Con la imputación por delito fiscal a través de Aizoon tambaleándose (después de que los peritos de la Agencia Tributaria aseguraran al juez que «no hay delito en Aizoon ni lo puede haber nunca» y que el propio perito propuesto por la acusación popular no fuese capaz de defender de forma convincente esa posibilidad), parece claro que Castro se centrará en hallar indicios de que la Infanta actuara como cooperadora necesaria en los delitos fiscales que se le atribuyen a Iñaki Urdangarín en el IRPF de 2007 y 2008. «No tiene otra salida», aseguran esas mismas fuentes, dado que sin esa imputación «no puede construir la de blanqueo».
Pero ese camino, anticipan, puede conducirle a una «situación kafkiana». Y es que si el juez considera a la Infanta cooperadora necesaria de los posibles delitos fiscales cometidos por su marido, debería hacer lo mismo con Ana María Tejeiro, la esposa del ex socio de Urdangarín, Diego Torres, imputado por un delito fiscal en el IRPF de 2007, una vía que el magistrado hasta ahora no ha investigado. «Lo contrario sería un agravio comparativo», subrayan. Ese paso al frente del instructor, añaden, «le obligaría a investigar durante meses las facturas de las tres empresas participadas por Tejeiro: Shiriaimasu, Virtual Strategy e Intuit Strategies» y los gastos imputados por la mujer de Torres a estas sociedades.
Después de que la Audiencia de Palma descartara, en mayo de 2013, que la Infanta cometiera prevaricación y fuera conocedora del delito de malversación que se imputa a su marido a través del Instituto Nóos, el magistrado está obligado a vincular el delito de blanqueo que imputa a la Infanta a ese fraude fiscal en el IRPF de 2007 y 2008 que la Agencia Tributaria atribuye al duque de Palma. La Fiscalía ya señaló, en el escrito en el que se oponía a la citación de Doña Cristina, que si el fraude se produce en 2007, el blanqueo procedente de ese hipotético delito fiscal sólo se puede cometer a partir de julio de 2008, cuando finaliza el plazo de pago voluntario del impuesto. El fiscal Pedro Horrach recordaba entonces la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que lo trascendente «no es tanto el origen o la procedencia delictiva de los bienes», sino la dificultad de precisar la cantidad efectivamente blanqueada, puesto que, recalcaba el tribunal, «no sería admisible la teoría de que todo el patrimonio del contribuyente queda contaminado».
Según determinó Hacienda en uno de sus informes, los gastos personales imputables a la Infanta suman en 2008 la cantidad de 17.333 euros y 11.124 en 2009, unos gastos que Anticorrupción tilda de «ínfimos», en comparación con la cuota supuestamente defraudada por Urdangarín, por lo que según la Fiscalía de ellos «no puede deducirse sin más» un delito de blanqueo. «Además, ¿cómo sabemos que ese dinero procede únicamente del posible fraude?», se preguntan fuentes jurídicas conocedoras de la investigación.
Más allá de que en el interrogatorio quede claro que la Infanta no estaba al tanto del día a día de Aizoon, la empresa que comparte al 50% con su marido (y que según la Fiscalía el duque de Palma utilizó para tributar de forma ventajosa sus ingresos privados como consejero de diversas empresas), el juez Castro busca apuntalar su convencimiento de que la Infanta, al consentir que se constituyera Aizoon, permitió que su marido tributase de forma irregular a través de esa sociedad los ingresos referidos con afán supuestamente defraudatorio. «Necesita un delito precedente, el tributario, para poder imputarle también el de blanqueo, de ahí que, tras las conclusiones de los peritos de Hacienda, se apoye en esa construcción artificial de considerar a la Infanta cooperadora de los delitos fiscales que Hacienda imputa a su marido», apuntan las citadas fuentes.