Memoria Histórica
Los vecinos ganan: el monumento al crucero «Baleares» ya no es franquista
Fracaso de la ofensiva de la izquierda, con Armengol a la cabeza, para derribarlo. Irá al catálogo de elementos protegidos de Palma de Mallorca
El monumento conmemorativo al crucero «Baleares», en Palma de Mallorca, afianza su permanencia en memoria de los 788 fallecidos ante cinco destructores republicanos en la madrugada del 6 de marzo de 1938 en las costas de Cartagena.
Inaugurado por Franco en 1948, el monolito ha sido diana recurrente de los gobiernos tripartitos de nacionalistas y de izquierdas –Francina Armengol fue una de sus firmes detractoras–, pero ha sido blindado por los tribunales y está en vías de una protección que sellará definitivamente su permanencia en Sa Feixina.
Frente al «fanatismo» y afán demoledor de sus oponentes, el monumento cumple con la Ley de Memoria Democrática y no tiene elemento de exaltación ni contenido ideológico alguno, lo que da vía libre al Ayuntamiento de Palma (PP) para incluirlo en el Catálogo de Edificios y Elementos Protegidos de la Ciudad.
Intereses para su protección
El monolito ha sido declarado Bien Catalogado del patrimonio histórico-artístico de Baleares por sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Palma, de fecha 27 de febrero de 2020, al apreciar que concurren tres intereses para su protección: el histórico, el artístico y el arquitectónico (cuando bastaba uno solo para conseguirlo).
La sentencia se basó en dictámenes de la Real Academia de la Historia, de la Real Academia de San Fernando –uno de cuyos informes fue descubierto en sus propios archivos históricos en 2017 por el investigador y abogado Jorge Garrido–, y, sobre todo, de Icomos (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios Históricos), organismo vinculado a la Unesco.
La sentencia fue dictada por el magistrado Javier Eugenio López Candela, y fue considerada «politizada» por el portavoz local de Podemos –Jesús Jurado, exsecretario general de Memoria Democrática en el Consell de Mallorca–, al confundir el parentesco del juez con un antiguo miembro del Tribunal de Orden Público del franquismo.
Finalmente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, mediante sentencia de fecha 26 de junio de 2021, desestimó los recursos de apelación interpuestos por el Consell insular de Mallorca, el Ayuntamiento de Palma (entonces en manos del PSOE), y la entidad Memoria de Mallorca, confirmando el fallo.
Una sentencia que señalaba que, según los informes, «el monumento representa la rememoración de un momento histórico que forma parte de la imagen urbana de la ciudad, lo que, unido a su situación en la zona de respeto del centro histórico, motiva su conservación».
Además, «se destaca la relevancia de la obra del arquitecto que lo proyectó, así como que el monumento, una vez desprovisto de los elementos simbólicos añadidos al proyecto inicial (escudos, letreros, figuras) que sí remitían a un discurso y estética propia del régimen franquista, recupera su valor patrimonial». Abundaba el fallo en que el dictamen de Icomos realza el «diseño del llamado racionalismo en su tendencia compositiva», resaltando «su gran impacto estético aportando una imagen de gran belleza que lo integra dentro del Art-Decó».
Para terminar, el Tribunal Supremo rechazó el 6 de octubre de 2022 todos los argumentos contrarios a la catalogación del monumento.
La defensa del monolito fue fruto de la lucha del movimiento Salvem sa Feixina, constituido por más de 30 asociaciones vecinales, que fue asesorado por el letrado consistorial Jorge Garrido, quien se encontró con una manifestación por la ciudad y ofreció su ayuda.
Este abogado consiguió parar la demolición en vía administrativa y la incoación del procedimiento para la catalogación del monumento, mientras que el pleito fue dirigido por el letrado Francisco Javier González-Montes Sánchez.
Encuestas favorables
A esta lucha en los tribunales se sumó la entidad conservacionista Asociación para la Revitalización de los Centros Antiguos (ARCA), que también interpuso recurso contra la decisión final de los políticos del Consell insular que se negaron a una catalogación, desoyendo el dictamen de la comisión de Patrimonio y los informes jurídicos del propio Consell.
Hay que recordar, además, que el Ibaes (Instituto de Estudios Baleares Avanzados), hizo dos encuestas publicadas en el diario «Última Hora», y la más reciente refleja que el 84% de la población de la isla rechaza el derribo.
El monumento fue adaptado a la Ley de Memoria Histórica en 2010, siendo alcaldesa de Palma la socialista Aina Calvo. A día de hoy no vulnera la ley, como han declarado hecho probado hasta dos sentencias. En concreto, el TSJ de Baleares apuntó «que hace más de diez años las administraciones públicas ya acordaron zanjar el debate sobre la simbología, superando el contexto político en que se erigió», al «recobrar su sentido inicial de homenaje a los fallecidos» y como «símbolo de la voluntad democrática de no olvidar nunca los horrores de las guerras y las dictaduras».
Los argumentos que invocan de nuevo determinados políticos y entidades memorialistas –monumento a un barco de guerra, conmemoración de crimen de guerra y vulneración del Convenio de la Haya– ya fueron desestimados por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Palma de Mallorca, «una sentencia firme que todo demócrata debería respetar», deplora Garrido, y cuyo desacato «supone vulnerar el artículo 118 de la Constitución».
Calle Crucero Baleares
Recuerda además el letrado «otro hecho probado por sentencias de nuestros tribunales, en este caso del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid, y es que «en el hundimiento del “Baleares” murieron españoles de ambos bandos» –muchos de ellos estaban cumpliendo el servicio militar obligatorio–.
Y así lo reflejaba el informe del Comisionado de Memoria Histórica creado por el Ayuntamiento de Madrid (con Manuela Carmena de alcaldesa), bajo la presidencia de una histórica militante socialista, Francisca Sauquillo. Ese fue, entre otros, uno de los motivos por el que hoy perdura en Madrid el nombre de la Calle Crucero Baleares.
La Ley de Memoria Democrática considera como «víctimas de la Guerra Civil» a «las personas fallecidas o desaparecidas como consecuencia de la guerra». Y añade en su articulado que «también se considerará víctimas a los familiares» de esas personas. De modo que «los descendientes de los marineros ahogados en el hundimiento tienen también la condición de víctimas y, por ello, derecho a la memoria y a la reparación», concluye Garrido.