Abusos

Condenado a diez años de prisión por abusar durante cinco años de una menor en Pontevedra

La Audiencia Provincial impone además la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años y el pago de 60.000 euros por daños morales

Imagen aérea de la Audiencia Provincial de Pontevedra
Imagen aérea de la Audiencia Provincial de Pontevedralarazon

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a diez años de prisión a un hombre por un delito continuado de abusos sexuales con penetración sobre una menor, hija de su pareja. Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2020, cuando la víctima tenía entre siete y doce años y convivía con el acusado en la vivienda familiar.

Según la sentencia, el acusado, que mantenía una relación de pareja con la abuela de la menor, vivía en la misma casa que la niña, sus padres y sus hermanos. Aprovechando la convivencia y la confianza generada con los menores, a quienes trataba como un abuelo, comenzó a cometer los abusos de manera reiterada.

El tribunal considera probado que, en numerosas ocasiones y en distintos lugares de la vivienda –incluyendo la habitación de la menor, la cocina y otras dependencias– el condenado realizó tocamientos a la niña, le obligó a tocarle y llegó a introducirle los dedos en la vagina y el ano. Además, en algunas ocasiones, se frotaba contra ella sin llegar a la penetración.

El acusado amenazaba a la víctima para que no contara nada, y solo cesó los abusos cuando la menor, con doce años, le advirtió de que en caso de que continuase así se lo diría a sus padres.

Pruebas y confesión

El relato de la menor ha resultado clave en la condena. La sentencia subraya que la declaración de la víctima fue completamente creíble y está respaldada por informes psicológicos, que confirman que su testimonio es propio de una memoria basada en hechos reales.

Además, se ha acreditado que la menor sufre un trastorno de estrés postraumático derivado de los abusos, lo que ha generado en ella ansiedad, aislamiento y estado de hipervigilancia.

Durante el juicio, el acusado reconoció los hechos y no impugnó ninguna de las pruebas presentadas por la acusación. Esta confesión, junto con el testimonio de la víctima y los informes forenses, han sido determinantes para el fallo del tribunal.

Condena y medidas de protección para la víctima

Además de la pena de diez años de prisión, el tribunal ha impuesto al condenado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima, su domicilio, centro de estudios o cualquier lugar que frecuente, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante 20 años.

También deberá pagar una indemnización de 60.000 euros a la menor en concepto de daños morales. La sentencia no es firme, cabiendo recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).