
Tribunales
Diecinueve meses de cárcel por 16 euros de cocaína
El hombre fue sorprendido por la Policía en A Coruña entregando una bolsita con 0,063 gramos de cocaína de alta pureza a cambio de un billete

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a un año y siete meses de prisión impuesta a un hombre por traficar con cocaína en plena calle en A Coruña. La resolución desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del encausado, al considerar “acreditada” la comisión del delito gracias a la “coherente y directa” testifical de los agentes de Policía que presenciaron el intercambio de droga por dinero y detuvieron al acusado en el acto.
Los hechos se remontan al 4 de enero de 2022. Aquel día, el procesado entregó a un comprador una bolsita con 0,063 gramos de cocaína de alta pureza (87,83%) a cambio de un billete, en una céntrica calle coruñesa. Agentes de paisano observaron el “pase” y procedieron a interceptar tanto al comprador como al vendedor, incautando la sustancia, el dinero recibido por la transacción (61,20 euros) y un teléfono móvil Huawei que el acusado había adquirido con los beneficios de su actividad ilícita o utilizaba para tal fin. La droga tenía un valor de mercado de 16,43 euros.
En su sentencia, la Audiencia Provincial de A Coruña ya había tenido en cuenta la adicción a las drogas del acusado como circunstancia atenuante, pero descartó aplicar una eximente incompleta o una atenuante muy cualificada. Según se recoge en los informes médicos, las capacidades cognitivas del procesado estaban preservadas y, aunque sus facultades volitivas se encontraban mermadas, no lo estaban hasta el punto de eximirlo de responsabilidad penal. El TSXG avala ese razonamiento.
El Alto Tribunal gallego destaca que la condena se sustenta “en una prueba testifical directa” y remarca que la intervención policial fue clara: los agentes vieron la entrega de la cocaína, recuperaron el dinero y siguieron al comprador hasta que dejó caer la bolsita termosellada con la sustancia intervenida. La posterior huida del acusado hacia una lavandería, donde se refugió sin portar ropa que lavar, refuerza, según el fallo, la intencionalidad de su conducta.
En su recurso, la defensa intentó sembrar dudas sobre la visión de los agentes y sobre la versión del comprador, que afirmó que sólo le cambiaron dinero, pero el TSXG descarta cualquier fisura en la prueba: “La coherencia entre la entrega de cocaína, la recepción del efectivo y la intervención de ambos elementos es clara”.
Además de la pena de prisión y una multa simbólica de 10 euros, se confirma el comiso y destrucción de la sustancia incautada, del dinero y del teléfono móvil, elementos todos ellos vinculados a la actividad delictiva.
El tribunal concluye desestimando íntegramente el recurso de apelación y recuerda que contra su sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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