Tribunales

‘Maricona de mierda’ no es un delito de odio

La Audiencia Provincial de Ourense, en el que fue el primer caso que juzgaba de este tipo, absuelve a un acusado de emplear dicha expresión contra un vecino

El juicio se celebró en la Audiencia provincial de Ourense.
El juicio se celebró en la Audiencia provincial de Ourense.Wikipedia

En la tarde del 8 de febrero de 2022, el protagonista de esta historia se encontraba en un supermercado de la localidad ourensana de Lobios, esperando su turno para pagar. En el mismo lugar estaba un vecino del municipio, al que no conocía de nada.

En un momento determinado, y tras percibir el hombre una pequeña discusión con las cajeras, a las que la víctima les estaba recriminando por haber cerrado el local días antes sin previo aviso, y dado que tenía prisa por terminar, no dudó en espetarle: “Quieres acabar ya, maricona de mierda”.

A raíz de estos hechos el protagonista se convirtió en un acusado de un delito de odio por atacar la dignidad personal y la integridad moral de una persona al emplear “conductas homófobas” por emplear esa desafortunada expresión contra un vecino.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Ourense no ha resultado acreditado que el acusado profiriera la referida expresión con un motivo discriminatorio por razón de la orientación sexual de la víctima.

En el fallo, que se ha difundido hoy, los magistrados consideran el comentario “censurable y moralmente reprobable”, pero no un delito, ni de odio ni contra la integridad moral. Existe “un hecho puntual y aislado”, que ocurrido en “un momento de nerviosismo”. Por este motivo, no ven intención por parte del acusado de discriminar al receptor del insulto por su condición sexual.

En esta línea, los magistrados señalan que no existen circunstancia que permitan inferir este ánimo, toda vez que “el acusado ni siquiera conocía el denunciante” ni consta que en otro momento se dirigiese a él mostrando “algún tipo de menosprecio” hacia su persona por motivo de su orientación sexual.

Otros insultos sin probar

Durante el juicio, celebrado a principios del mes de mayo, la víctima aseguró que tras escuchar el comentario y terminar de guardar su compra se fue hacia su coche sin reaccionar, pero escuchando más insultos.

Según su versión, el varón “no tuvo suficiente” y añadió frases como “qué peste a cerda, a ver si os largáis de una vez”. Sin embargo, durante el juicio declararon las cajeras del supermercado, así como una clienta que también se encontraba en la cola, y todas coincidieron en haber escuchado el “maricona de mierda”, pero no el resto de frases, por lo que en la sentencia no se puede dar por confirmado este extremo.

Sobre esta base, los magistrados consideran que lo ocurrido “encaja con una vejación injusta”, pero se trata de un delito que no está penalizado, por lo que queda sin condena el que fue el primer caso de odio juzgado por el Alto Tribunal ourensano donde el Ministerio Público solicitaba nueve meses de prisión.