Tribunales

Veinte años de cárcel por asesinar a su vecina en Vigo

El TSXG reitera que la víctima sufrió un ataque con cuchillo: una puñalada por la espalda, otra en el abdomen "necesariamente mortal" y la última para “rematarla”

El alto tribunal gallego considera la conducta del trabajador "una transgresión de la buena fe contractual"
Tribunal Superiro de Xustiza de Galicia (TSXG).Imagen propia

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la pena de 20 años de cárcel para Pablo P.V., que había sido condenado por la Audiencia de Pontevedra, basándose en el veredicto de un tribunal de jurado, por asesinar a su vecina en la calle Zamora de Vigo en octubre de 2022.

La representación del acusado argumentó en la apelación que se había producido una indefensión al no permitirse practicar prueba para demostrar que Pablo había sufrido un trastorno mental transitorio. Del mismo, solicitó que se anulase la circunstancia agravante de ensañamiento y que se apreciase que padeció una “laguna amnésica".

El alto tribunal gallego, sin embargo, señala que no hubo indefensión, porque el letrado del acusado sí pudo plantear, aunque subsidiariamente, la circunstancia del trastorno mental transitorio. Además, se pronunciaron al respecto los peritos forenses interrogados durante el juicio, y el jurado se pronunció también.

En esa línea, y descartando también la posible "laguna amnésica", el TSXG ha subrayado que, según los forenses, el acusado estaba en plenas facultades intelectivas y volitivas; y los propios testigos descartaron que Pablo tuviera una conducta extraña cuando fue detenido, momentos después del crimen, tal y como recogió el jurado en su veredicto.

En cuanto al ensañamiento, el TSXG ha subrayado en su sentencia que la víctima sufrió el ataque con cuchillo en tres acometidas. La primera fue una puñalada por la espalda y la segunda en el abdomen, ésta "necesariamente mortal"; la tercera acometida, señala el tribunal, el acusado la hizo "con intención de rematarla pero también de incrementar el sufrimiento de la víctima".

Al respecto, apunta que esa tercera herida presentaba tres trayectorias interiores, ya que Pablo movió el cuchillo dentro de las entrañas de la mujer, "siendo perfectamente consciente" de que esta cuchillada "era necesariamente dolorosa e inútil al propósito de matar, por estar ya la víctima herida de muerte".

Además, expone que también existió el factor del "sufrimiento psíquico" de la mujer, que "advierte esa inminencia de la muerte y la imposibilidad de evitarla".