Zaragoza

El Supremo no reconoce como víctimas del terrorismo a aquellas que sufrieron atentados antes de 1968

El Supremo no reconoce como víctimas del terrorismo a aquellas que sufrieron atentados antes de 1968
El Supremo no reconoce como víctimas del terrorismo a aquellas que sufrieron atentados antes de 1968larazon

El Tribunal Supremo no reconoce como víctimas del terrorismo a aquellas personas que sufrieron secuelas por atentados o ataques de tipo terrorista producidos antes de enero de 1968, en cumplimiento del límite establecido por la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo, aprobada en 1999, según se desprende de una sentencia hecha pública hoy. En ella, el alto tribunal rechaza conceder la categoría de víctima del terrorismo a un recurrente que perdió las dos manos cuando contaba con 11 años a consecuencia de la explosión de un paquete abandonado a la orilla del río en Zaragoza, en diciembre de 1961. Según el relato de hechos, la víctima encontró junto a sus amigos el paquete, envuelto en papel de periódico, cuando jugaba en la calle. Al abrirlo se produjo la explosión de una de las dos granadas de mano que contenía, lo que le provocó la pérdida de las manos. El recurrente alegaba la presunta inconstitucionalidad de la Ley de Solidaridad en cuanto a su ámbito de aplicación ya que esta entiende que el terrorismo se inició en España a raíz de la actividad de ETA y olvida, no obstante, que antes de esa fecha existían grupos de caracter anarquista que ejercían acciones terroristas.

DOS GRANADAS La sentencia de la Sala Quinta del Supremo de la que ha sido ponente Eduardo Calvo Rojas comparte la opinión expresada por la Audiencia Nacional, que ya rechazó en primera instancia la solicitud del recurrente, y que aseguraba que no existen pruebas que acrediten que el incidente en el que perdió las dos manos pueda encuadrarse en un acto terrorista. "No se ha probado que las dos granadas pertenecieran a banda armada o grupo armado", decía la sentencia de la Audiencia Nacional. Además, el alto tribunal recuerda que el objetivo de la Ley de Solidaridad "no es dar cobertura indemnizatoria a las víctimas de cualquier modalidad delictiva, por grave que ésta sea, ni a quienes han sufrido cualquier resultado lesivo de origen incierto"sino a las víctimas de la violencia terrorista.