
Tribunales
Los tribunales dan la razón a Cibeles: las cocinas de Arganzuela son legales
Anteriormente, una sentencia anulaba la concesión de licencia a las instalaciones del Paseo Imperial, en Arganzuela

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón al Ayuntamiento de Madrid y estima su recurso de apelación contra la sentencia (de 27 de octubre de 2023, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid) que anuló la licencia de las cocinas agrupadas situadas en el Paseo Imperial número 8, concedida por la Agencia de Actividades.
Anteriormente, los tribunales anulaban la licencia del Consistorio que permitía la actividad de "cocinas fantasma" en zonas residenciales, atendiendo a una denuncia de la comunidad de propietarios del número 8 de la calle Paseo Imperial y otras comunidades aledañas del distrito de Arganzuela.
Ahora, el TSJM determina que, tal y como viene defendiendo el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la actividad desarrollada en las cocinas agrupadas no tiene que someterse para la concesión de la licencia al procedimiento de evaluación ambiental. Argumenta esto al no estar incluida esta actividad en ninguno de los supuestos que contempla la Ley 2/2002 de la Comunidad de Madrid, también conocida como Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, y la Ley estatal 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
El TSJM también da la razón al Ayuntamiento de Madrid cuando el Consistorio argumenta que el hecho de que esta actividad no esté sujeta al procedimiento de Evaluación Ambiental, no limita al Ayuntamiento en su trabajo de control sobre las cocinas en lo que concierne a la limpieza y el tratamientos de residuos, la contaminación acústica, la afección a la movilidad urbana, las emisiones de humos de las cocinas.
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