Motor

¿Sirve el seguro de mi vehículo si viajo al extranjero?

Dependiendo de los países, la póliza debe adaptarse para estar cubiertos ante cualquier eventualidad

¿Cuáles son las provincias más moteras de España?
¿Cuáles son las provincias más moteras de España?LUCA PIERGIOVANNIAgencia EFE

Estamos en el mes de vacaciones por excelencia y muchos motoristas aprovechan sus días sin trabajo para hacer una escapada en moto, solos o en grupo. Una actividad muy divertida y que nos llevará hasta lugares maravillosos con nuestra compañera de dos ruedas. Pero deberemos cuidar todos los detalles, no solo de la puesta a punto de la moto, sino también de los riesgos que cubre nuestro seguro.

Se calcula que en agosto salen al extranjero cuatro de cada diez motoristas que organizan largos viajes. Para un desplazamiento de varios miles de kilómetros deberemos preparar cuidadosamente todos los detalles tales como realizar una revisión y puesta a punto del motor y sus principales mecanismos, como frenos, embrague, luces… Es asimismo importante diseñar el equipaje para que nos quepa en las maletas, que siempre se quedan pequeñas, incluyendo guantes de repuesto, traje de agua… y revisar los cascos y comprobar los intercomunicadores si vamos acompañados. Si puedes, incluye un pequeño botiquín o las herramientas y recambios básicos.

Dentro del apartado de los “papeles de la moto” se encuentra el seguro. Es conveniente que llevemos encima los tres papeles obligatorios para circular, como son permiso de conducir, permiso de circulación y la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos. Además, aunque en nuestro país, el recibo del seguro de la moto no es obligatorio llevarlo encima, ya que los agentes de tráfico pueden comprobar si un vehículo está asegurado consultando el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), en el extranjero no podrán comprobarlo por lo que, sin duda, es conveniente también llevarlo con nosotros.

Pero ¿sabemos qué coberturas tenemos fuera de nuestras fronteras? Según la aseguradora AMV, seis de cada diez moteros no tienen claro que cubre su seguro en el extranjero. Por ello nos aconsejan todo lo que deberíamos tener en cuenta:

1- Coberturas válidas fuera de España. Actualmente, las modalidades de seguro que se ofertan comúnmente por parte de las aseguradoras y que suelen ser válidas fuera de España son:

Seguro a Terceros, Seguro a Terceros Ampliado (en algunos casos incluye los daños por colisión y los daños por colisión contra especies cinegéticas), Seguro a Terceros + Robo e Incendio y Seguro a Todo Riesgo. Además, dependiendo de la compañía a estas se le pueden añadir coberturas como accidentes del conductor, asistencia en carretera con servicio de grúa y equipamiento. En las condiciones generales y particulares de cada uno de los seguros deben de venir reflejadas las garantías que hayan sido contratadas, y qué cubre la póliza suscrita. Pero, si disponemos de uno de ellos, estaremos protegidos de la misma forma que en España y con las mismas coberturas.

2- ¿Dónde tienen validez estos seguros?. Las modalidades de seguro mencionadas anteriormente suelen tener validez en los siguientes territorios: todos los países de la Unión Europea (Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía), además de Islandia, Liechtenstein y Noruega, además de otros países como Andorra, Bosnia-Herzegovina, Islandia, Montenegro, Reino Unido, Serbia, Suiza y los pequeños Ciudad del Vaticano, Gibraltar, Mónaco y San Marino.

3- ¿Qué es la “Carta Verde” y el CIS?. Básicamente es lo mismo, su nombre real es Certificado Internacional de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Terrestres Automóviles, ahora conocido como CIS. Hasta el 2021 en España era conocido popularmente como “Carta Verde” porque se imprimía en un papel de ese color. Sin embargo, a partir de esa fecha su formato es digital y su impresión se realiza en un folio en blanco. Esta cobertura de responsabilidad civil está incluida en todas las modalidades de seguro. Por tanto, con ella podremos demostrar que contamos con un seguro de moto en el extranjero y cubre además a otros países a añadir a los anteriores, como son Albania, Azerbaiyán, Bielorrusia, Irán, Israel, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Rusia, Túnez, Turquía y Ucrania. Y funciona en la práctica como un seguro a terceros, por lo que nuestra compañía aseguradora se encargará de indemnizar por los daños que podamos causar.

4- ¿Cómo obtener el CIS? Aunque las aseguradoras no están obligadas a emitir el CIS, la mayoría de ellas sí que lo hacen. Algunas lo incluyen directamente junto con la póliza del seguro y simplemente habrá que renovarlo en caso de que nos haya caducado y otras nos lo darán si lo solicitamos. Como cada compañía tiene su procedimiento, lo mejor es contactar con ellos y qué nos expliquen cómo conseguirlo y las coberturas que nos cubren.

5- ¿Hay alternativas al CIS? En el caso de que la entidad aseguradora con la que tengamos contratado el seguro no nos entregase el CIS, tendríamos que contratar un Seguro de Frontera, que es un Certificado Internacional de Seguro temporal y quesolamente contempla la garantía de Responsabilidad Civil obligatoria, es decir, a terceros, por lo que no cubre asistencia en carretera, defensa jurídica, etc…Su contratación es similar al de un seguro, se calcula el coste, se cobra la prima y se entrega la documentación. Es muy importante tener en cuenta que, a diferencia del CIS, el Seguro de Frontera solo tiene validad para un país, por lo que deberemos de contratar un seguro cada vez que visitemos un nuevo Estado.

6- Coberturas voluntarias. En el caso de que hayamos contratado un seguro con coberturas como la asistencia en carretera, o servicio de grúa, también deberemos comprobar el ámbito territorial de las mismas y en qué países nos cubrirían.

Es muy importante, como complemento del equipaje, incluir los elementos de seguridad que son obligatorios en los países que visitemos. Mientras que, en España, los triángulos de emergencia, el chaleco reflectante, el botiquín de primeros auxilios, los triángulos, o la nueva señal V16 lumínica (con o sin geolocalización) que entró en vigor el año pasado no son obligatorios, en otros países sí lo son, todos, o solo algunos de ellos. Por ejemplo, en Francia es obligatorio el uso de un chaleco reflectante en caso de parada, mientras que, en Rumanía, además del chaleco, también son obligatorios los triángulos y el botiquín. Por ello habrá que informarse de la legislación de cada país en el que vayamos a entrar antes de ponernos en marcha.