Elecciones 28M
La junta electoral reprende al alcalde de Murcia por realizar un uso partidista de los canales de comunicación del Consistorio
Considera que actuó de forma ilegal al anunciar viviendas municipales en Churra
El Partido Popular de Murcia informa que la Junta Electoral ha condenado al alcalde socialista, José Antonio Serrano, por hacer juego sucio para beneficiar su campaña electoral, al realizar un uso partidista de los canales de comunicación oficial del Ayuntamiento.
De este modo, según informan desde el PP, La Junta Electoral "lo ha amonestado duramente y le prohíbe expresamente que siga haciendo un uso partidista del Consistorio y sus canales oficiales de comunicación".
Y es que, según explican, el órgano judicial recoge que Serrano y el concejal Andrés Guerrero actuaron de forma ilegal el pasado 19 de abril en Churra, cuando anunciaron la construcción de nuevas viviendas municipales, una ilegalidad que denunció el PP y por la que han sido sancionados tanto el alcalde como su edil.
En concreto, el fallo de la Junta Electoral obliga al alcalde socialista a que elimine de la página web del Ayuntamiento la nota de prensa que publicó por el acto que realizó en Churra y lo emplaza también a que suprima todas las publicaciones que realizó al respecto en los perfiles oficiales del Consistorio en las redes sociales.
El Grupo Popular recuerda que los canales de comunicación del Ayuntamiento "se deben usar de manera objetiva e imparcial, al contrario de lo que está haciendo el gobierno socialista, tal y como ha establecido la Junta Electoral".
De igual manera, la Junta Electoral advierte a Serrano y Guerrero que les abrirá "un expediente sancionador por infracción electoral" en caso de que realicen nuevos anuncios similares al que realizaron hace días en Churra.
La Junta Electoral establece que el alcalde del PSOE no hizo en Churra "una visita técnica", no se puede considerar "una visita técnica", ni es "imprescindible para salvaguardar el interés general o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos", por lo que contraviene el artículo 50.2 de la ley electoral.
Al respecto, la Junta Electoral argumenta que este artículo establece que "desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos".
Entre otras cuestiones, el órgano judicial afea que el titular de la nota de prensa que distribuyó el alcalde del PSOE fuera "Churra contará con 128 viviendas municipales de alquiler a bajo precio", lo que constituye un anuncio en sí mismo.
El PP recuerda que ésta es la segunda resolución de la Junta Electoral en los últimos dos días contra los partidos que forman la coalición de izquierdas de la Glorieta, PSOE y Ciudadanos.
El partido 'naranja' era condenado ayer a tener que retirar el cartel contra el PP que instaló en la plaza de las Flores de Murcia y hoy se ha conocido el fallo por las ilegalidades del alcalde socialista.
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