Tribunales

La juez suspende la autorización para la demolición de las naves del incendio de Atalayas

Se amplía el plazo para que otros técnicos o expertos realicen sus informes periciales

MURCIA.-Trib.- La juez deniega la personación del Ayuntamiento de Murcia en las diligencias por el incendio de Atalayas
Las naves se demolerán cuando finalice la investigaciónEuropa Press

La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Murcia, por auto notificado este jueves, ha acordado dejar en suspenso por un mes la autorización de demolición de las naves donde estaban ubicadas las discotecas Teatre y Fonda Milagros, siniestradas en el incendio de Atalayas que murieron 13 personas. De esta manera se amplía el plazo de investigación previsto inicialmente

Así, las partes personadas dispondrán de un mes, a partir de que la resolución sea firme, para proceder a la práctica de una prueba pericial sobre las citadas naves, "previo anuncio a los efectos de asegurar la presencia de miembros de policía en aras a garantizar medidas de seguridad y autenticidad", según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

Y ello, "para así conciliar el derecho de las partes a obtener un reconocimiento pericial de parte y la obligación de salvaguardar la seguridad de los ciudadanos ante el potencial peligro que conlleva el mantener aun conservadas las citadas naves declaradas en situación de ruina inminente".

La magistrada estima así, parcialmente, el recurso de reforma interpuesto por los representantes de los familiares de algunos de los fallecidos, contra la providencia de 9 de noviembre de 2023.

Sin embargo, la magistrada que instruye el procedimiento por 13 homicidios por imprudencia, desestima la solicitud de requerimiento del expediente completo de declaración de ruina al Ayuntamiento de Murcia, al entender que no es necesario para el esclarecimiento de los hechos "desde el mismo momento en que ya se dispone de informe de inspección ocular policial de las naves, y en todo caso, a las partes se le concede un plazo para realizar periciales pertinentes en aras a salvaguardar su derecho de defensa".

Por último, la juez acuerda "no haber lugar" a oficiar al presidente del Tribunal Superior de Justicia para que nombre juez y funcionario de apoyo, como pedían los recurrentes.