Guerra en Ucrania

Hora del Derecho Internacional Humanitario

Rusia no está distinguiendo entre combatientes y no combatientes, de manera que sus ataques deliberados a la indefensa población civil resultan uno de los más atroces crímenes de guerra

Cuando el Gobierno español, allá por el año 1866, dio instrucciones a nuestra Armada para que bombardease Valparaíso, en el curso de la desdichada guerra hispano-sudamericana, el jefe de la escuadra española, el brigadier don Casto Méndez Núñez, lo anunció con cuatro días de antelación para que: «por humanidad, los ancianos, mujeres y niños y demás habitantes no combatientes puedan poner a salvo sus vidas», a la vez que conminaba a las autoridades locales a que dispusieran que: «los hospitales y demás edificios consagrados a instituciones de caridad, tengan alguna bandera o señal que pueda distinguirlos para evitar que sufran los rigores de la guerra».

La honrosa acción del comandante español fue un acto de estricta humanidad para evitar o minimizar los daños de la guerra a la población civil, en una época donde el denominado Derecho Internacional Humanitario no tenía el desarrollo actual.

Ciento cincuenta años más tarde del preaviso de la escuadra española, y con un ordenado cuerpo jurídico del llamado «ius in bello», es decir, del «derecho en la guerra», estamos viviendo una situación en la que el ejército ruso, bajo las estrictas órdenes del presidente de su país, Vladimir Putin, bombardea y arrasa ciudades, destruye barrios residenciales, derriba edificios de toda clase sin distinción ni consideración alguna con la población civil, incluido niños. Para mayor horror, hemos conocido que se han bombardeado, al menos, un teatro donde se habían refugiado centenares de ucranianos desarmados, un hospital psiquiátrico y otro materno infantil, e incluso a personas en la cola para comprar pan. En total, en lo que va de guerra en Ucrania, ha habido miles víctimas civiles de todas las edades. UNICEF cifra en más de un centenar de niños muertos como consecuencia directa de las acciones del ejército ruso.

Para mayor atrocidad si cabe, se han prohibido, limitado o condicionado los llamados «corredores humanitarios», impidiéndose u obstaculizándose los desplazamientos de ciudadanos civiles indefensos a lugares seguros, e incluso, en algún caso, se les ha bombardeado, matando a muchos de ellos, cuyo único delito era huir de la devastación de su país que, según parece, es la estrategia rusa en Ucrania.

La comparación de estas dos acciones, separadas por 150 años, nos hace pensar si la humanidad verdaderamente avanza o, por el contrario, retrocede, y si el paso de los siglos nos hace más civilizados o, quizás, menos. También podemos preguntarnos si el Derecho Internacional Humanitario vigente y el Derecho Penal Internacional (dos caras de la misma moneda), a pesar de sus grandilocuentes principios y no menos dignas finalidades, no son sino papel mojado para la Rusia de Putin, habida cuenta de su flagrante transgresión y las enormes dificultades que sin duda existen para poder exigir responsabilidades a los culpables, empezando por el principal responsable, Vladimir Putin.

La solución no puede ser otra que incrementar los esfuerzos de las sociedades civilizadas para que el derecho se imponga, incluso en los casos de confrontaciones bélicas.

El vigente Derecho Internacional Humanitario es un conjunto de normas que –por razones humanitarias como el preaviso de Méndez Núñez– trata de limitar los efectos de los conflictos armados y proteger a los que no participan en los combates. Además, limita los medios y métodos de hacer la guerra, por ser especialmente destructivos o contrarios al más elemental sentido de humanidad. Al Derecho Internacional Humanitario se le suele llamar también «derecho de la guerra» y «derecho de los conflictos armados», el conocido «ius in bello», y se encuentra recogido fundamentalmente en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y otras Convenciones y Protocolos adicionales.

La protección del Derecho Internacional Humanitario cubre dos ámbitos: Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente algunas armas, como las químicas o bacteriológicas, así como ciertas tácticas militares. El otro ámbito es la protección de los no combatientes.

Rusia, según el Consejo de Seguridad de la ONU, está empleando en Ucrania ciertas armas específicamente prohibidas, como las bombas de racimo, y está llevando a la práctica la táctica de «devastación absoluta» de las ciudades, causando daños materiales y humanos de una crueldad intolerables.

Donde más esta contraviniendo Rusia el Derecho Internacional Humanitario es en el ámbito de la protección de las personas que no participan en los combates. Rusia no está distinguiendo entre combatientes y no combatientes, de manera que sus ataques deliberados a la indefensa población civil resultan uno de los más atroces crímenes de guerra, que no pueden ser aceptados por una sociedad mínimamente civilizada. La Rusia de Putin se está comportando como un país al margen del derecho y sin el más mínimo sentido humanitario.

Cualquiera que sea la solución política, militar o diplomática de la invasión rusa de Ucrania –que no es objeto de estas líneas– resulta urgente y absolutamente necesario obligar a Rusia y a su presidente Putin a que, cualquiera que sea la naturaleza de la acción que lleve a cabo, sea respetuosa con el Derecho Internacional, muy especialmente con el Derecho Internacional Humanitario y con las más elementales normas del «derecho en la guerra» o «ius in bello», singularmente las relativas a los ciudadanos civiles indefensos, si no quiere pasar a la historia como una nación bárbara, cruel e incivilizada y, además, bajo la advertencia de serle exigidas las oportunas responsabilidades.

Tomás Torres Peral. Comandante de Caballería. De la Academia de Ciencias y Artes Militares