DGT
Este es el motivo por el que te podrían multar al salir de la ITV... aún habiendo superado la prueba
Superar la prueba de la ITV no te exime de esta multa... y no es ninguna tontería. Estamos hablando de que esta sanción asciende hasta los 80 euros
Todos los vehículos de más de cuatro años de antigüedad tienen que pasar la Inspección Técnica de Vehículos para garantizar que está en buenas condiciones y que sus sistemas de seguridad son óptimos. La Dirección General de Tráfico puede multar con 80 euros a aquellos conductores que salgan de la Inspección Técnica de Vehículos o ITV habiendo superado el test, pero sin haber colocado el distintivo V-19 en el parabrisas. El distintivo es una pegatina de colores que varía según el año de caducidad de la ITV. Y el titular del vehículo es el único responsable de la sanción si no lleva el distintivo.
Se recomienda retirar pegatinas de años anteriores para mejorar la visibilidad. Y es que, muchos conductores tienen la costumbre de “coleccionar” las pegatinas anteriores en la parte superior del parabrisas. Esto no está considerado una infracción, pero el Reglamento General de Circulación indica que la superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor sin interferencias de láminas o adhesivos. Entonces, si los agentes de Tráfico consideran que estos adhesivos interfieren con la visibilidad, podrían llegar a imponer una multa de 80 o 200 euros.
Evidentemente, esta es una situación muy extrema… y sería muy anómalo. Pero recuerda que en el año 2015 un conductor de Salamanca fue sancionado con una multa por morderse las uñas al volante porque -al parecer- al agente de tráfico le pareció que “conducía sin mantener libertad de movimientos”. Así que, lo mejor es no arriesgarse y quitar la pegatina antigua cuando se obtiene la nueva certificación.
De la misma forma, nunca debes tratar de engañar al sistema con esto. No sólo no es rentable, sino que además está penado seriamente por la Ley. El Tribunal Supremo determinó en el año 2020 que la pegatina de la ITV se puede considerar un documento oficial o una certificación, y su uso no autorizado se consideraba un delito penado con 720 euros de multa, según el artículo 400 bis del Código Penal.
Ahora bien, los agentes de Tráfico no pueden multar a un vehículo estacionado si la pegatina de la ITV ha caducado. Según una reciente sentencia de octubre de 2021, sólo se puede sancionar a los vehículos que circulen sin ITV... no a los que no la hayan superado. El caso fue llevado a los tribunales por una asociación de automovilistas y se alegó que la ley no establecía como infracción el hecho de no someter el vehículo a la ITV en el plazo debido. El juez falló a favor del automovilista y anuló la multaimpuesta por la DGT. Esta sentencia es un importante precedente jurídico que indica que no se pueden imponer sanciones por no pasar la ITV si el vehículo está estacionado.
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