
Tráfico
Ni doble fila ni carga y descarga: la nueva infracción por la que la DGT te multará con 200 euros y se llevará tu coche
La guerra de la DGT contra los malos aparcamientos se recrudece con multas de hasta 200 euros por ocupar plazas para eléctricos o zonas de carga, una práctica cada vez más vigilada que puede salir muy cara

Aparcar en las grandes ciudades se ha convertido en una carrera de obstáculos diaria para miles de conductores, una situación que a menudo desemboca en infracciones. La Dirección General de Tráfico mantiene una postura firme ante las faltas más comunes, como estacionar en doble fila, sobre la acera o en pasos de peatones, aplicando de manera general una sanción de 200 euros para disuadir a los infractores. El objetivo es claro: mejorar la fluidez del tráfico y garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía.
De hecho, esta política de control no se limita a las conductas más evidentes. La vigilancia se extiende a otros espacios de uso restringido cuyo respeto es fundamental para el buen funcionamiento de la ciudad. Entre ellos se encuentran las zonas de carga y descarga, cuyo uso indebido fuera del horario establecido también acarrea la misma multa de 200 euros, una medida que busca proteger la actividad económica y logística de los núcleos urbanos.
En este contexto de reorganización de la movilidad urbana, ha surgido un nuevo frente que la DGT ha decidido atajar con la misma contundencia. Se trata del llamado «icing», la práctica de ocupar con un vehículo de combustión las plazas destinadas exclusivamente a la recarga de coches eléctricos. Esta conducta, que representa un conflicto cada vez más extendido, obstaculiza el despliegue de una infraestructura clave para el futuro del transporte y ya no quedará impune.
Qué se considera una infracción y cuándo interviene la grúa
Así pues, la normativa establece un criterio temporal muy preciso para diferenciar una simple parada de un estacionamiento indebido. Si el vehículo de combustión permanece detenido en la plaza de recarga más de dos minutos, o si el conductor se ausenta del mismo aunque sea por un instante, la acción se considera sancionable. Se trata de una regulación estricta con la que se pretende garantizar que los puntos de recarga estén siempre operativos para quienes los necesitan.
Además, en los casos en que el vehículo infractor obstaculice de manera notable el uso de la estación, las autoridades pueden tomar la medida más severa: la retirada del vehículo por la grúa. Esta acción no solo implica el pago de la multa de 200 euros, sino que añade los costes del servicio de remolque y del depósito municipal, elevando considerablemente el desembolso final para el conductor.
No obstante, el sistema ofrece una vía para mitigar el impacto económico de la sanción. Aquellos conductores que procedan al abono de la multa en el plazo voluntario, habitualmente fijado en veinte días naturales, podrán beneficiarse de una reducción del 50 % sobre el importe. Un incentivo que, sin embargo, no debe llevar a tomarse a la ligera estas infracciones, pues la reincidencia puede provocar que futuras multas se eleven hasta el máximo legal contemplado por la normativa.
✕
Accede a tu cuenta para comentar