Desacuerdos en un divorcio

«No es lógico que un juez tenga que decidir si un niño va a inglés o a judo»

El informe del V Observatorio del Derecho de Familia de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa) se ha presentado hoy en Madrid

Beatriz de Pablo, presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.
Beatriz de Pablo, presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia. AEAFA

Un proceso de divorcio lleva implícito, en mayor o menor medida, que se produzcan desavenencias entre los progenitores. En este aspecto, hay algunos puntos que son más conflictivos que otros. Según el informe del V Observatorio del Derecho de Familia (II Parte) que la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa) ha presentado este sábado en un congreso en Madrid, los aspectos relacionados con la educación, los gastos extraordinarios (sobre todo actividades extraescolares) y el tratamiento psicológico de los hijos son los desacuerdos más habituales.

Con un porcentaje mayor se sitúan en primer lugar las disputas relacionadas con la educación, principalmente la elección del centro escolar (26%). Después destacan las discrepancias por los gastos extraordinarios (21%), que tienen que ver con las actividades extraescolares. Y en último lugar figuran los tratamientos psicológicos o la determinación del psicólogo/psiquiatra (19%). Otras de las cuestiones más problemáticas son el cambio de residencia de los hijos (16%); los asuntos sobre la salud física (10%) y los aspectos religiosos, así como la celebración de la Primera Comunión (7%).

Excepto casos excepcionales, tras la separación la patria potestad la ostentan ambos progenitores, al margen de quién reciba la guarda y custodia de los hijos. Por tanto, ambos han de participar en la toma de decisiones que afecten a su desarrollo, formación, educación y atención sanitaria. Las diferencias entre los padres en el ejercicio de la patria potestad se resuelven mediante un Expediente de Jurisdicción Voluntaria (EJV), que son procedimientos más rápidos y no requieren de un proceso contencioso. No obstante, estos expedientes ponen en evidencia la incapacidad de los progenitores para llegar a acuerdos y obligan a intervenir a un juez o a un Letrado de la Administración de Justicia (LAJ).

En estos casos, ambas partes deben explicar el beneficio de su postura para su hijo. El magistrado, tras oír a ambos progenitores, otorgará la facultad de decidir para ese supuesto concreto a uno o al otro.

«En muchas ocasiones se abusa de la jurisdicción voluntaria, en tanto que estas decisiones relativas a los hijos las deberían tomar los padres y no plantearlas ante un juez o el letrado de la Administración de Justicia», afirma la vicepresidenta de la Aeafa, Beatriz de Pablo. En muchas ocasiones «uno de los padres se opone sin motivo, solo por llevar la contraria. Al analizar la disputa con detenimiento, no se observan razones de peso para oponerse a una ortodoncia, una actividad deportiva o clases de idiomas, por citar ejemplos cotidianos», señala De Pablo. «No parece lógico que un juez, con la carga de trabajo que tiene y la cantidad de procesos judiciales que se instan en este país, tenga que decidir si un niño que no es su hijo tenga que ir a inglés, francés, flauta o judo», considera.

Soluciones extrajudiciales

En ocasiones las familias prefieren resolver los conflictos por la vía extrajudicial. Cuando esto sucede, el informe indica que los métodos más valorados son la mediación (37%) y la negociación colaborativa que emprenden los propios abogados formados en esta práctica (19%). Sin embargo, en este momento el 44% de los clientes desconfían de estos medios alternativos y esperan que sus asuntos sean solventados mediante resolución judicial.

Además, el V Observatorio del Derecho de Familia subraya la falta de servicios de mediación o de coordinación de parentalidad en los juzgados españoles. «El Código de Deontológico de la Abogacía Española impone a los abogados la obligación de procurar el acuerdo entre las partes y, aunque los abogados lo intentamos, muchas veces es el propio cliente el que no está ‘dispuesto’. Ahí la "auctoritas" del abogado sobre el cliente debería imponerse, pero a veces no resulta fácil. Se confunde un espíritu conciliador o pragmático con debilidad», incide el secretario de la Aeafa, Álvaro Iraizoz.

«La vía judicial tendría que representar el último recurso y, sin embargo, muchas veces se erige en el primero. Una vez que el cliente se halla inmerso en un conflicto legal y se pone en manos de un abogado, a menudo lo que quiere es derrotar al contrario sin concesiones», subraya Iraizoz.

De ahí que en el 44% de los casos en los que el abogado propone la negociación extrajudicial, el cliente prefiera que se ejerza la tutela judicial efectiva de sus intereses ante un juzgado. Asimismo, la falta de servicios de mediación en los partidos judiciales es la que descarta la vía extrajudicial un 22%. En otro 25%, el origen radica en la desconfianza del abogado en el éxito de estos métodos.