Juicio
Prisión permanente revisable para el asesino de Álex, el niño de 9 años de Lardero (La Rioja)
Se le prohíbe residir en La Rioja y comunicarse o aproximarse a los padres y hermano de Álex por tiempo de 10 años tras cumplir el tiempo en prisión
Francisco Javier Almeida ha sido condenado este martes a prisión permanente revisable por el asesinato del niño de 9 años Álex el 28 de octubre de 2021 en el municipio riojano de Lardero; y a otros 15 años de prisión por el delito de agresión sexual.
También se le impone la prohibición de residir en La Rioja y de comunicarse o acercarse a los padres y al hermano de Álex por tiempo de 10 años después de haber cumplido el tiempo en prisión.
Así lo ha anunciado este martes el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en una nota, en la que ha detallado la sentencia, de más de 200 páginas, y la pena que le ha impuesto el magistrado presidente del tribunal que juzgó a Almeida el pasado mes de marzo.
El pasado 30 de marzo, el tribunal del jurado popular declaró culpable por unanimidad a Almeida por los delitos de asesinato y agresión sexual al menor con “extrema violencia” y sin que tuviera la posibilidad de defenderse.
Ahora el Magistrado de la Audiencia Provincial en su resolución impone la pena máxima que recoge nuestro Código Penal y que durante el juicio fue solicitada por el fiscal y por la acusación particular y popular.
En la sentencia, se considera probado que el 28 de octubre de 2021, Francisco Javier Almeida llevó a su casa mediante engaño a Álex de 9 años, cuando se encontraba en la calle disfrazado y jugando con otros niños. Una vez en su casa le agredió sexualmente y le provocó la muerte por asfixia. El condenado, con el cuerpo sin vida de Álex en brazos, fue sorprendido, por un vecino y por efectivos de la Policía en las escaleras del mismo inmueble donde cometió el crimen.
La sentencia considera que "las lesiones evidencian el uso de una especial brutalidad, una violencia que excedía a la que resulta inherente para la comisión del delito"; y "la absoluta incredibilidad de la versión del acusado" por la que el menor habría colaborado en los actos sexuales voluntariamente, algo que es "del todo irrazonable, inverosímil y contrario al más elemental sentido común".
Tras la agresión sexual, según declaró probado el tribunal del jurado, el condenado "se sitúo detrás del menor y ejerció una presión antebraquial contra su cuello, primero menos intensa y luego extremadamente fuerte durante 3-5 minutos, hasta que el niño falleció por asfixia".
El fallo judicial destaca lo declarado por los forenses en el juicio, que afirmaron que la violencia empleada por el condenado contra su víctima fue "extrema y brutal", dejando lesiones internas que no son habituales cuando se produce la asfixia por presión antebraquial; e, incluso, la fuerza que se empleó fue superior a la que se hace en los ahorcamientos.
Además, según la sentencia, dada la edad de Álex, 9 años, y su peso, 28 kilos, frente a la fuerza y complexión física de su agresor, "la posibilidad de defensa del menor era inexistente".
El magistrado, en su resolución, concluye que, a la vista de estos hechos, la pena no puede ser otra que la de prisión permanente revisable; y tiene en cuenta la agravante de reincidencia, ya que Almeida había sido condenado por los mismos delitos anteriormente y sus antecedentes penales no estaban cancelados.
La sentencia también reconoce el derecho de los padres de Álex a recibir una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 300.000 euros para cada uno de ellos y 60.000 para el hermano, a pesar de la insolvencia declarada por el condenado. El juez también impone al condenado la prohibición de residir en La Rioja y de comunicación o aproximación a los padres y hermano de Álex por un tiempo de 10 años tras cumplir el tiempo en prisión.
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