
Sociedad
Prohibido por ley: qué tarjeta ya no se puede llevar en la cartera y cuál es el motivo
La Guardia Civil ha emitido una advertencia importante sobre un tipo específico de tarjeta que está prohibido llevar

Muchos ciudadanos acostumbran a portar diversos artículos en sus carteras. Por lo general, suelen incluir elementos relacionados con el dinero, como tarjetas de crédito o débito, monedas y billetes.
Sin embargo, no es raro encontrar personas que también guardan recuerdos personales como fotos familiares, amuletos, pendientes, anillos, boletos antiguos, o recibos. En este contexto, la Guardia Civil ha emitido una advertencia importante sobre un tipo específico de tarjeta que está prohibido llevar.
La tarjeta que está prohibido portar
A simple vista, puede parecer inofensivo, pero cuya tenencia está prohibida tanto en la vía pública como en cualquier otro espacio abierto. Se trata de las navajas plegables diseñadas con forma de tarjeta, que simulan ser una tarjeta de crédito y caben fácilmente en cualquier cartera.
Estas herramientas son más comunes de lo que se piensa, y muchos las llevan consigo por si surge la necesidad de cortar algo fuera de casa. No obstante, la Guardia Civil ha advertido que este tipo de objetos se consideran armas blancas camufladas, por lo que su posesión está sancionada por la normativa vigente, concretamente por la Ley de Seguridad Ciudadana.
De acuerdo con el artículo 36.10 de dicha ley, se considera una infracción grave:
"Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal".
Por lo tanto, si las autoridades detectan que llevas una tarjeta de este tipo, podrías enfrentarte a una sanción económica significativa, con multas que oscilan entre los 601 euros en los casos más leves, y hasta los 30.000 euros en las situaciones más graves.
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