Vacaciones

¿Se restan días de vacaciones de verano si estás de baja médica?

El Estatuto de Trabajadores lo explica en su artículo 38

Vacaciones de verano
Vacaciones de veranoistock

En España, las vacaciones de verano para las personas que tienen un trabajo son un período de descanso remunerado que generalmente se toma durante los meses de julio y agosto, aunque la disponibilidad y el momento exacto pueden variar según la empresa, el sector y las preferencias personales del empleado.

De esta manera, por cada mes trabajado se adquiere el derecho a disfrutar de2,5 días de vacaciones, sumando un total de 30 días anuales (si se cuentan días naturales). Sin embargo, muchas veces surge la inquietud sobre qué sucede con este periodo si, por alguna razón, estamos de baja médica. Es fundamental saber que no se pierde el derecho a las vacaciones en caso de estar de baja por incapacidad laboral, accidente, embarazo o maternidad.

Esto señala el Estatuto de Trabajadores

El Estatuto de Trabajadores explica en su artículo 38 que ''cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal''

''El trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado”, también señala la ley.

Si un trabajador sufre un accidente durante sus vacaciones que le provoca una baja médica, los días afectados por la baja se descontarán de las vacaciones. Una vez que el trabajador se recupere, podrá retomar los días de vacaciones que le quedan. En caso de que el contrato finalice antes de que se puedan disfrutar esos días, la empresa deberá abonar al trabajador el importe correspondiente a los días de vacaciones no disfrutados hasta ese momento, además de realizar las aportaciones pertinentes a la Seguridad Social.