Redes sociales

¿DNI para acceder a Twitter? Ya existen leyes para identificar a quienes cometen delitos

Tras el asesinato de un niño de 11 años en Mocejón, las redes se han llenado de información falsa, lo que ha reavivado el debate de sobre el control en redes sociales.

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No es algo nuevo. Ni los delitos de odio, ni las noticias falsas o los bulos. Y tampoco es una novedad que se hable sobre un control sobre redes sociales. De hecho, la Fiscalía de Delitos de Odio ha abierto una investigación por mensajes falsos y ataques de odio difundidos por usuarios en redes sociales hacia menores migrantes tras el asesinato de un niño de 11 años llamado Mateo en la localidad de Mocejón (Toledo).

Al igual que ha ocurrido en el pasado, se especula con dos únicos escenarios, ambos en los extremos: o dar el DNI para abrir una cuenta en redes sociales o el anonimato completo que exime de toda culpa. Pero la realidad es otra: ya hay herramientas para impedir o detectar a quienes cometen delitos de odio o difunden información falsa en redes sociales.

La primera opción, impedir que se publiquen, corre por cuenta de las propias redes que deberían filtrar este tipo de contenido. El problema es que se desconoce el criterio exacto que rige sus normas y a veces se censura más una parte del cuerpo que un delito de odio.

Recientemente, Miguel Ángel Aguilar, fiscal de la Sala de la Unidad de Delitos de Odio, propuso que se exija la identificación de los usuarios para poder rastrear a los autores de estos delitos. Pero ya existen medidas para esto: las leyes actuales permiten y facilitan la identificación de delitos cometidos en redes sociales y en internet en general. De otro modo, sería imposible desarticular las numerosas redes de pederastas y ciberdelincuentes.

Si bien es cierto que para abrir una cuenta en una red social, no se necesita más que una cuenta de correo electrónico y un alias, lo que garantiza un anonimato muy sencillo y la posibilidad de abrir numerosas cuentas, también hay una herramienta que facilita la tarea de quienes persiguen estos delitos. Se llama dirección IP y es el identificador del dispositivo que publicó la noticia, comentario, imagen… Y esta es la vía para llegar a su responsable.

Claro que para ello hay que pedir ayuda a las empresas responsables y eso no siempre es sencillo: excepto que se trate de un delito que claramente les dé mala prensa (pederastia, por ejemplo), son reacios a colaborar con la justicia o se toman mucho tiempo para ello.

Pero todo esto cambiará (supuestamente) en 2026 cuando entre en vigor el protocolo europeo eIDAS2, la herramienta de verificación de edad para acceder a contenidos pornográficos en la que trabaja el gobierno. Esto facilitará la identificación de los usuarios de internet y sería una posible alternativa a la presentación del DNI, una suerte de carnet digital para los ciudadanos de la UE.

La ventaja de este sistema es que las redes sociales no sabrán quiénes somos, solo los responsables de aplicar las leyes, pero la realidad es que las herramientas ya existen para ello. Que se apliquen o se facilite la información ya es otra cosa. Tanto como la necesidad de educación para hacerse responsable de lo que publicamos en internet.