"Caso ERE"
Dos exdirectivos de IDEA declaran que los beneficiarios no firmaban los convenios de las ayudas
Comparecencia de testigos en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla
La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha celebrado este martes una nueva sesión del juicio iniciado el pasado 15 de marzo por las ayudas autonómicas a empresas vinculadas al sector del corcho, como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, con la que eran sufragados los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos e incluso innecesarios y subvenciones arbitrarias y sin publicidad.
En concreto, la sesión de este martes ha contado con la comparecencia como testigos de Pablo M., exdirector de Administración y Finanzas del antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA); y de Juan V.Q., quien ejerció varios años el mismo cargo en dicha entidad cuando ya la misma había sido rebautizada como Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
Pablo M. ha manifestado que el papel del IFA en las ayudas investigadas era pagar las mismas merced a convenios firmados por el entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo, Francisco Javier Guerrero, fallecido en octubre de 2020; y el correspondiente director del IFA, sin que se recibiese “ningún papel con la firma de los beneficiarios” de las ayudas, toda vez que era la Secretaría General del IFA la instancia que supervisaba la “legalidad” de los citados convenios, según sus palabras.
TRANSFERENCIAS “GLOBALES”
Las ayudas cuyo pago había de formalizar el IFA, según ha dicho, eran sufragadas con “transferencias generales o globales” procedentes de la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos, remitidas “periódicamente por la Consejería de Empleo”, sin que pesase una correspondencia concreta entre transferencias y convenios, como ha manifestado este testigo.
Juan V.Q., por su parte, ha corroborado el funcionamiento de los pagos de las subvenciones mediante convenios firmados por el director general de Trabajo y Seguridad Social y la dirección de IDEA, para “ayudas a empresas”, una denominación que ha manifestado no saber si era la “correcta” en términos jurídicos. Según ha asegurado, a su área no le correspondía el “aspecto jurídico” de los convenios.
En principio, según ha dicho, él no recuerda que las empresas beneficiarias de las subvenciones “firmasen” los mencionados convenios que sostenían los pagos de las cuantías, documentos en los que apenas figuraba “una descripción genérica del destino al que se dedicaba” cada ayuda. Del mismo modo, ha ratificado que el dinero procedía de “transferencias de financiación” del presupuesto autonómico, reconociendo unos “importantes retrasos” en los pagos de las ayudas comprometidas, porque las mismas eran abonadas merced a la “disponibilidad” de tales transferencias.
LA CAUSA DEL SECTOR DEL CORCHO DE LA SIERRA NORTE
Los acusados, recordémoslo, son Ángel Rodríguez de la Borbolla, --hermano del expresidente socialista de la Junta José Rodríguez de la Borbolla y exalcalde de Cazalla de la Sierra por el PSOE--, por su papel de socio mayoritario, administrador único o apoderado de las empresas investigadas; el actual alcalde de Cazalla, Sotero Manuel Martín Barrero, como partícipe del capital societario y de los órganos de administración de varias de las empresas; el coadministrador de las empresas Rogelio B.M.; un empresario portugués administrador de hecho de varias de las entidades, identificado como Fernando Pedro M.O.; y un responsable bancario identificado como Gerardo C.E.
En conjunto, el caso abarca las ayudas concedidas entre 2001 y 2007 por importe de 8.408.096,42 euros a este grupo de empresas, “prescindiendo absolutamente de los principios y procedimientos legalmente establecidos para ello, sin fiscalización, justificación ni control previo, y, en definitiva, de forma fraudulenta y arbitraria”, según el juez instructor José Ignacio Vilaplana.
PENAS DE CÁRCEL
El Ministerio Público, en su escrito de acusación, considera que los investigados son responsables de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, por lo que solicita para Rodríguez de la Borbolla la pena de siete años de prisión y 17 años de inhabilitación absoluta; seis años de cárcel y 15 años de inhabilitación absoluta para Rogelio B.M., Fernando Pedro M.O. y Sotero Martín, y cuatro años de prisión y 12 años de inhabilitación absoluta para Gerardo C.E., así como el pago de distintas indemnizaciones a favor de la Junta de Andalucía.
No obstante, todos los acusados se han declarado inocentes ante el tribunal del juicio, que en la segunda sesión accedía a sus peticiones de declarar tras las pruebas testificales y periciales en lugar que antes de las mismas.
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