Tribunales

Daniel Rivera, la maldición de haberse librado del juicio político de los ERE

El ex director general de Trabajo vuelve a ser procesado, en esta ocasión por las ayudas a la empresa A-Novo Comlink. En total puede ser juzgado en más de 50 piezas separadas

Daniel Alberto Rivera, a su llegada a uno de los muchos juicios de la macrocausa
Daniel Alberto Rivera, a su llegada a uno de los muchos juicios de la macrocausaEUROPA PRESSEP

En septiembre de 2020, durante la segunda sesión del segundo juicio de la macrocausa de los ERE, el abogado de Daniel Alberto Rivera lamentó que para su cliente, ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía, «no era de recibo» tener pendientes «más de cincuenta» vistas y enfrentarse a «más de 250 años de cárcel». Y no era de recibo, argumentaba, porque Rivera ni siquiera había sido juzgado en la pieza política. Esa es la maldición que pesa sobre uno de los sucesores del famoso Javier Guerrero: el archivo de la investigación contra él por el procedimiento específico lo libró del megajuicio, sí, pero lo condenó a ser juzgado en las decenas y decenas de piezas separadas de los ERE relativas a ayudas en las que él intervino. Otros ex altos cargos esquivarán ese calvario porque fueron enjuiciados (y condenados) la primera vez y ahora se benefician del principio non bis in ídem, que impide juzgar a una persona en dos ocasiones por los mismos hechos. Esa es la doctrina instaurada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, aunque hay otras dos secciones que la respetan y otras dos que piensan lo contrario. En resumen, un galimatías.

En aquel juicio, Rivera fue absuelto. Una buena noticia que sin embargo parece pecata minuta en vista de sus posteriores procesamientos, por ejemplo en dos piezas relacionadas con entramados empresariales de la Sierra Norte de Sevilla u otra relativa a los 35,4 millones que obtuvo Altadis entre 2004 y 2010. «Esto está acabando con su vida», lamentó su abogado cuando Acyco ya tocaba a su fin.

El último procesamiento se conoció ayer a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El caso, las presuntas irregularidades en los 35,9 millones de euros que la Junta dio a la empresa malagueña A-Novo Comlink, dedicada a la electrónica y la telecomunicación. El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, explica en un auto del 18 de abril que «no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento» contra otros ex altos cargos, como el exconsejero de Empleo Antonio Fernández o el exdirector de Trabajo Juan Márquez, porque «ya habrían sido encausados por la perpetración de aquellos hechos en el denominado procedimiento específico». Esas circunstancias «no concurren» en Rivera «por la sencilla razón de que no fue enjuiciado» en esa causa.

«Como ha señalado en numerosas resoluciones la Sección Séptima, al haberse acordado el sobreseimiento» en la pieza política «debe depurarse su posible responsabilidad penal en cada una de las piezas sobre las ayudas en cuyo pago hubiese intervenido», remata el juez en un párrafo estándar que repite auto tras auto de procesamiento.