Sucesos

Condenado a seis años de cárcel por el atropello mortal de dos ciclistas en Almería

El hombre, que iba ebrio, se salió de la vía por el arcén izquierdo y colisionó contra las vícimas, de 48 y 55 años

Un turismo, que ha invadido a las 07.30 horas el carril contrario en la carretera general de Menorca, ha colisionado con un grupo de ciclistas, dos de los cuales han muerto y otros dos han resultado heridos, todos ellos vecinos de la isla.
Bicicletas siniestradas larazon

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de seis años de prisión impuesta por la Audiencia de Almería a un hombre acusado por el atropello mortal en Níjar (Almería) de dos ciclistas, que se produjo cuando conducía ebrio.

La sentencia, declara probado que sobre las 09:30 horas del 24 de julio de 2022, el acusado circulaba al volante de su vehículo por la carretera AL-3108 tras haber consumido bebidas alcohólicas que "mermaban su capacidad" para conducir.

Al entrar en una curva, invadió por completo el carril de circulación de sentido contrario, por el que circulaba "reglamentariamente" un grupo de ciclistas.

El hombre se salió de la vía por el arcén izquierdo y colisionó contra dos de ellos, de 48 y 55 años, lo que provocó la muerte de ambos por traumatismos craneoencefálicos severos.

Cuando la Guardia Civil llegó al lugar, el hombre presentaba "olor a alcohol, halitosis alcohólica notoria a distancia y habla pastosa", por lo que los agentes solicitaron la analítica de muestras de sangre del acusado, que dieron como resultado 1,51g/L de alcohol etílico en sangre.

El fallo señala también que las esposas e hijos de los dos fallecidos han sido indemnizados por la compañía de seguros del acusado.

Por estos hechos, el acusado fue condenado inicialmente a seis años de prisión por dos delitos de homicidio imprudente, por los que también ha sido privado durante nueve años al derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

Una pena que ha sido ratificada por el Supremo al desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado y considerar, en primer lugar, que "no concurre en este caso relevancia alguna en la confesión tardía del acusado".

Además, destaca la elevada velocidad a la que circulaba, algo "evidenciado" por el estado en que quedaron su vehículo y las bicicletas que conducían los fallecidos.

Incide el fallo también en que el hombre había sido condenado anteriormente por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y finalmente, en la elevada tasa de alcohol en sangre que presentaba; elementos todos ellos que "integran un acervo motivacional" para fijar la pena dentro de la "cuantía máxima" prevista por la ley