Función Pública

La Junta «evaluará» el teletrabajo de los empleados públicos

Se trata de una cuestión «capital» para el Gobierno andaluz que elabora con «celeridad» un decreto regulador

El viceconsejera Ana Corredera, el consejero José Antonio Nieto y el director del IAAP, José Loaiza, en una imagen de archivo
El viceconsejera Ana Corredera, el consejero José Antonio Nieto y el director del IAAP, José Loaiza, en una imagen de archivoLa Razón

La Gobierno andaluz considera que el teletrabajo de los empleados públicos contribuirá a una mejor organización de Administración. En la actualidad, la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública se encuentra en el proceso de elaboración de un proyecto de decreto que regule esta modalidad de prestación de servicios a distancia, que plantea extenderse incluso a dos días con posibilidad de tres «si existen evidencias de la optimización de recursos y atendiendo a necesidades organizativas». No obstante, subraya que previamente será de «capital» importancia «identificar los objetivos» y, durante su implantación, «la evaluación de su cumplimiento», dotando a las personas que trabajen en esta modalidad de los «medios tecnológicos necesarios para su actividad».

Como en todos los sectores, en la Función Pública también hay quienes se aprovechan o confunden lo que es el derecho a telebrabajar con el de trabajar menos o, directamente no hacerlo. Quién no conoce algún caso de personas que aprovechan estas jornadas para pasear el perro, ir de compras, al gimnasio o cualquier otra actividad en horario de trabajo. Quizá sean los menos, pero parece lógico que la Administración vele por que el dinero de los sueldos públicos tenga un reflejo en la productividad. En la Junta de Andalucía trabajan 285.921 personas, según figura en el proyecto de Presupuestos de 2024, aunque al teletrabajo no se aplica a todos. De hecho, uno de los objetivos de la nueva norma, que hasta el 28 de agosto permanece en consultas públicas previas, es identificar los «puestos teletrabajables», los sujetos que forman parte del procedimiento de concesión, así como los requisitos para la realización del teletrabajo a distancia.

[[H2:«Derechos y deberes»]]

La Junta delimitará, por tanto, no solo los derechos sino también los «deberes de la persona teletrabajadora», al margen de las modalidades de prestación de servicios a distancia y la duración de este régimen de trabajo.

La intención del Gobierno andaluz es aprobar el decreto «con la mayor celeridad posible». La central sindical de CSIF ya valoró en julio «especialmente» que este marco normativo establezca un plazo de «sólo tres meses» desde la publicación del decreto para que los ámbitos donde no hay una regulación específica de la modalidad laboral no presencial, como Sanidad, Educación y Justicia, se dote de dicha regulación en sus respectivas mesas sectoriales. En cuanto a la dotación de medios para teletrabajar, CSIF ha reseñado el compromiso para ello por parte de la Administración que está recogido en el decreto, «si bien de forma voluntaria se puede solicitar el teletrabajo de forma coyuntural usando material propiedad de los empleados». Para CSIF, «uno de los grandes avances de la nueva norma es aportar concreción, transparencia, claridad y seguridad jurídica, tanto a los trabajadores como a la Administración». Además, «se evitarán ambigüedades y arbitrariedades gracias a la creación de un catálogo de puestos y funciones en el que se establecerá el grado susceptible de teletrabajo para cada uno de los puestos».

Por otro lado, la Junta de Andalucía también prevé aprobar un decreto con el que actualizar su normativa relativa a las posibilidades que tienen los ciudadanos de trasladar sus quejas o sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios públicos en el ámbito de la administración autonómica.