
Proyecto
La nueva ley de Patrimonio de Andalucía regulará también a las empresas públicas
El anteproyecto prevé que los miembros de los consejos de administración tendrán los mismos derechos que los altos cargos en cuanto al «aseguramiento del riesgo»

L a Junta de Andalucía trabaja en un anteproyecto de Ley de Patrimonio que actualizará el texto actual, aprobado en 1986. El borrador incluye varias novedades, algunas lógicas después de casi cuatro décadas y otras cuestiones que se van a incluir para aclarar asuntos que, hasta la fecha, se gestionaban de manera distinta según el centro directivo. Uno de estos aspectos es la protección jurídica de las personas que ejercían responsabilidades dentro del sector público empresarial y no en la propia administración.
El anteproyecto tiene un concepto más amplio de lo que es el patrimonio de la Junta de Andalucía y regula aspectos de las empresas públicas. De hecho, dedica un capítulo de la norma a establecer disposiciones generales donde se define qué conforma el patrimonio empresarial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quién ostenta la representación de la Administración ante las sociedades mercantiles en la que participa de forma directa, y quiénes pueden designarse miembros de consejos de administración.
En otro capítulo regula las sociedades mercantiles del sector público andaluz y en el capítulo III las operaciones societarias.
En esta línea, se regula un Estatuto de los miembros de los Consejos de Administración y se apunta que la designación de estos «recaerá sobre las personas expresamente designadas en los estatutos o en el acuerdo de creación o, en su defecto, en profesionales cualificados en las materias relacionadas con el objeto de la sociedad o con la gestión empresarial o económico-financiera, que actuarán bajo los principios de interés general, integridad, objetividad, transparencia y responsabilidad, eficiencia económica y de gestión y buen gobierno».
Igualmente, «se establece además que el aseguramiento del riesgo de la responsabilidad se realizará en los mismos términos y con las mismas garantías e indemnizaciones que resulten de aplicación al personal alto cargo de la Administración de la Junta de Andalucía».
Este punto ha dado origen en el pasado a alguna polémica, como cuando la empresa pública Invercaria –cuyas actuaciones están siendo investigadas en sede judicial– presentó una Póliza de Seguros de Responsabilidades pecuniarias en la causa y un documento que acreditaba que la Agencia IDEA –de la que dependía esta sociedad pública– asumía la cobertura de los riesgos de los administradores de Invercaria en el ejercicio de sus cargos, así como solidaria y complementariamente, las responsabilidades económicas que pudieran derivarse, así como cualquier otra responsabilidad derivada de dicho ejercicio.
El apartado 5 del artículo 141 del anteproyecto de la ley de Patrimonio señala que para garantizar esta convergencia entre miembros de los consejos de administración y los altos cargos, «la Administración de la Junta de Andalucía podrá establecer su adhesión obligatoria a las pólizas de seguro que suscriba».
Por su parte, el apartado 7 de ese mismo artículo también señala que «el personal alto cargo y empleado público de la Junta de Andalucía que formen parte del órgano de administración de las sociedades mercantiles con participación pública, no resultarán afectados por la prohibición establecida en el artículo 213.2 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital». Este artículo prohíbe «ser administradores los funcionarios al servicio de la Administración pública con funciones a su cargo que se relacionen con las actividades propias de las sociedades de que se trate, los jueces o magistrados y las demás personas afectadas por una incompatibilidad legal».
Parque móvil: uso público
El anteproyecto también regulará un asunto que es lógico: «los vehículos del parque móvil están destinados al servicio público, pudiendo utilizarse únicamente para la cobertura de las necesidades que deriven del ejercicio de las funciones públicas encomendadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía».
La normativa prevé el desarrollo reglamentario del régimen jurídico del parque móvil y de los servicios automovilísticos, «así como las normas aplicables al parque móvil de los consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz».
Este nuevo anteproyecto, sometido a información pública, tiene previsto también la imposición de multas de hasta medio millón de euros por infracciones muy graves contra el patrimonio andaluz, como daños o deterioros de cualquier tipo en los bienes y derechos cuando su importe supere la cantidad de 500.000 euros.
La junta espera que la norma, cuando entre en vigor, ayude a «maximizar los recursos públicos y privados disponibles, al eliminar duplicidades y asegurar una gestión más ágil, frente a los procedimientos desfasados existentes en la actualidad que dificultaban notablemente la utilización de los bienes para fines públicos».
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