Riesgo extremo
La sequía acaba con las barbacoas antes de tiempo en Andalucía
Las elevadas temperaturas y la falta de lluvias obliga a mantener la prohibición dos meses antes de lo normal para prevenir incendios
La atípica primavera que atraviesa Andalucía ha obligado a la Junta de Andalucía a adoptar medidas excepcionales de protección del medio natural. Desde el 31 de marzo se llevan publicando órdenes con medidas preventivas como consecuencia del grave riesgo de incendios. Hoy mismo se ha publicado en el BOJA la cuarta orden ampliando durante dos semanas más el periodo de medidas excepcionales, "con la esperanza de que cambie la situación y se puedan acometer las tareas agrarias que habitualmente se realizan", a efectos de autorizaciones y notificaciones de quema.
La primavera seca y las altas temperaturas no dan tregua y desde el Centro Operativo Regional del Infoca optan por prorrogar el periodo de suspensión de las quemas anteriormente acordado y, del mismo modo, es necesario suspender temporalmente el uso del fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad en las áreas y zonas expresamente acondicionados para ello. Una medida que tradicionalmente se tomaba el 1 de junio, con motivo del inicio de la campaña de alto riesgo, hasta el 15 de octubre.
No obstante, quedan exceptuadas de esta suspensión temporal el uso del fuego en las barbacoas de establecimientos turísticos y restaurantes rurales y el uso del fuego para la preparación de alimentos en campamentos educativos juveniles. Asimismo se excluyen de la limitación establecida en la presente orden el uso
del fuego para calderas de destilación y hornos de carbón y piconeo.
Desde el Infoca se considera de "urgencia adoptar medidas drásticas de prevención fuera del periodo de máximo riesgo de incendios forestales sobre el que se
establecen de forma permanente las limitaciones de usos y actividades, al ser predecible en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo". Por lo tanto, la comunicación establece la "suspensión de las autorizaciones y notificaciones de quema y suspensión
del uso del fuego en zonas recreativas y de acampada acondicionadas para su empleo", quedando en primer lugar suspendidos temporalmente "los efectos de las autorizaciones y notificaciones de quema adoptadas o comunicadas"; y en segundo lugar, el uso del fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello".
✕
Accede a tu cuenta para comentar