Transparencia

Junta y Seguridad Social mejoran el intercambio de información y el acceso a las bases de datos

Firman un acuerdo que, además, reduce la carga que supone para el interesado presentar documentos ante las administraciones públicas

El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, durante la conferencia sectorial de Reto Demográfico
El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, durante la conferencia sectorial de Reto DemográficoJCYLJCYL

La Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior ha firmado un convenio con la Tesorería General de la Seguridad Social sobre intercambio recíproco de información por el que los ciudadanos no tendrán que aportar datos y documentos que obren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración Pública.

Con esta firma se renueva otro convenio anterior, en virtud del cual los gestores de los procedimientos administrativos de la Administración de la Comunidad realizaron a lo largo del año 2020 un total de 956.274 accesos al Fichero General de Afiliación de la TGSS, según informan fuentes del departamento que dirige Francisco Igea.

Mediante este acuerdo entre el Gobierno autonómico y la Tesorería General de la Seguridad Social se reduce la carga que supone para el interesado presentar documentos o aportar información en distintos procedimientos administrativos, tal y como establece la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para hacer efectivo este derecho, la Administración actuante debe consultar los datos o recabar los documentos al órgano o Administración que disponga de ellos por medios electrónicos.

Este convenio tiene por objeto el intercambio de información y el recíproco acceso a las bases de datos entre la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Junta de Castilla y León, necesarios para el ejercicio de las competencias que ambas entidades tienen atribuidas.

Además en el convenio se especifican las actividades de control que los órganos cesionarios de la información deben realizar para justificar el acceso a los ficheros o bases de datos, para garantizar la debida custodia y adecuada utilización de los datos recibidos y para el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales.