Procés

La Audiencia de Barcelona fuerza el cierre de la web "Consumo estratégico" de la ANC

El tribunal considera que la entidad "iba más allá de la libertad de expresión" al discriminar entre empresas según su grado de apoyo al independentismo catalán

La presidenta de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), Carme Forcadell.
La presidenta de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), Carme Forcadell.larazon

La Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso presentado por la Assemblea Nacional Catalana (ANC) contra la sentencia que obligó a cerrar su web "Consumo estratégico", que promovía a empresas independentistas como acto de "boicot" a compañías que trasladaron su sede oficial por el procés. En una resolución a la que ha tenido acceso EFE, la sección decimoquinta de la Audiencia Provincial considera probado que la web de la ANC fue un acto de boicot contra determinadas empresas, con acciones materiales que afectaron no sólo a las firmas señaladas, sino a "todas aquellas que no compartían el ideario político de la entidad".

La ANC inició la campaña "Consumo estratégico" en noviembre de 2018, como respuesta al traslado de la sede social de diversas empresas fuera de Cataluña por el procés, movimientos que la entidad independentista calificó de "campaña política y mediática" que quería "generar miedo" y "reducir la confianza de la ciudadanía en la economía catalana". En la primera sentencia de 2021, el juez tildó la iniciativa de la ANC de "desleal y contraria a la buena fe", y ordenó a la entidad cesar cualquier acto presente o futuro que difundiera esa campaña, así como la puesta a disposición a terceros de medios materiales o profesionales para desarrollar acciones parecidas. La ANC apeló esa sentencia por considerar que su iniciativa "no influía en la decisión libre del consumidor", y remarcó que los mensajes eran "únicamente informativos", enmarcados en la libertad de expresión y el derecho a la asociación.

Ahora, la Audiencia de Barcelona da la razón al juez, y ha argumentado que la campaña de la ANC iba "más allá de la libertad de expresión" ya que comportaba acciones de intermediación entre empresas, con medios materiales y personales propios, que tenía el objetivo de "modificar hábitos de consumo y de contratación conforme a criterios alejados de la lógica del mercado". "Aunque la ANC lo niegue, estamos frente un boicot doble que afecta no sólo a las empresas que son objeto directo de ese boicot (...), sino también a todas aquellas que, por el motivo que sea, no se inscriban en la web, situándose en una posición de desventaja competitiva", subraya la resolución del tribunal. Los magistrados han confirmado así la primera sentencia de manera "íntegra", dando la razón al demandante, la patronal Foment del Treball, y han ordenado a la ANC que pague las costas del recurso de alzada que presentó como apelación. Ante esta sentencia, aún cabe un recurso de casación que las partes pueden presentar en un plazo de 20 días tras la notificación del fallo.