Violencia de género

Seis meses de cárcel por agresión sexual tras intentar besar a una menor de 15 años tras tumbarla en su cama

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2022 en Benidorm

Fachada de la Audiencia de Alicante
Fachada de la Audiencia de AlicanteArchivo

Un hombre ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a seis meses de prisión por intentar besar a una menor de 15 años después de invitarla a subir a su casa para mostrarle la nueva cama y las nuevas estanterías que se había instalado.

El tribunal considera al encausado responsable de un delito de agresión sexual en grado de tentativa, por el que le impone también la medida de alejamiento a una distancia mínima de 100 metros respecto de la víctima y de prohibición de comunicación con ella por un tiempo de tres años. Añade la medida de libertad vigilada por cinco años.

Los hechos objeto de juicio ocurrieron el 7 de mayo de 2022 en la vivienda de Benidorm en la que el acusado residía con sus padres.

La resolución judicial concreta que, una vez en el interior del dormitorio, el encausado, “guiado con ánimo libidinoso”, se dirigió hacia la menor, mientras esta se encontraba tendida en la cama, y le preguntó: “¿Qué pasa si te beso?”.

La adolescente se negó a besarlo “varias veces”, aunque el acusado continuó intentándolo hasta que su padre entró en la habitación. La menor aprovechó ese momento para salir corriendo.

Durante el desarrollo del juicio, celebrado el pasado 28 de mayo, el procesado reconoció que había invitado a la menor a subir a su casa para enseñarle la cama y las estanterías nuevas, aunque negó que hubiese tratado de agredirla sexualmente.

No obstante, el tribunal confiere credibilidad a la víctima, al concluir que su relato se había mantenido persistente desde el registro de la denuncia y estimar que no albergaba ningún motivo para tratar de perjudicar al acusado.

Además, los magistrados consideran que la versión de la menor quedó corroborada por el testimonio de unos amigos que permanecían en la calle, junto a la vivienda, quienes manifestaron que ella había subido al domicilio del encausado y que, tiempo después, salió llorando.

Al margen de la pena de seis meses de prisión, la sentencia establece que el acusado deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 1.000 euros.

El fallo es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) durante el plazo de diez días desde su notificación