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El proyecto de PowerCo no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente

No requiere declaración de impacto ambiental ordinaria

Urbanismo trabaja en la reducción del impacto ambiental de la planta fotovoltaica que surtirá de energía a la gigafactoría, según el concejal de Sagunto
Espacio donde se ubicará la megafactoría de SaguntoAYUNTAMIENTO DE SAGUNTOAYUNTAMIENTO DE SAGUNTO

El proyecto de construcción de la gigafactoría de baterías de PowerCo, de Volkswagen, en Sagunto (Valencia), no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente y no requiere una evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Así lo recoge el informe del director general de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV), sobre las obras que se llevan a cabo en la parcela adquirida por PowerCo para levantar la fábrica de celdas de baterías en Parc Sagunt II.

La resolución de Medio Ambiente señala que las obras de urbanización y edificación de nave no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente y no requieren una evaluación de impacto ambiental ordinaria, siempre que se ajuste a las previsiones del proyecto, del documento ambiental y a los términos del informe.

En este aspecto, apunta a realizar un seguimiento arqueológico en todo el área y poner en conocimiento de la Conselleria competente en patrimonio cultural el hallazgo de restos paleontológicos, arqueológicos o etnográficos, adoptando las medidas pertinentes para su protección y conservación.

También insta a separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento los residuos de construcción y demolición que se generen durante la ejecución del proyecto; y al mantenimiento de la maquinaria empleada en zonas habilitadas o en talleres fuera de la zona de obra evitando vertidos accidentales al medio.

Sobre las zonas verdes y ajardinadas, debe evitarse el empleo de especies exóticas invasoras; la tierra sobrante que no pueda ser reutilizada en futuras actuaciones del sector se tratará por gestor autorizado; y si se detectasen enclaves de suelos contaminados en el informe preliminar, serán caracterizados y gestionados de acuerdo con la legislación vigente en materia de suelos contaminados.

Salvo que se cuente con la previa autorización administrativa queda prohibido el vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, y el suministro de agua se realizará desde un origen amparado por un derecho al uso privativo de las aguas.

El área de urbanización de la totalidad de Parc Sagunt II ya ha sido evaluado ambientalmente por la Dirección General y se efectuaron consultas a administraciones públicas afectadas y a personas interesadas.

El informe del Ayuntamiento de Sagunto, de 14 de diciembre de 2023, hacía referencia a posibles afecciones ambientales del proyecto que considera no adecuadamente justificadas, entre ellas las relativas al impacto sobre las aguas subterráneas y superficiales derivadas de filtraciones y vertidos directos de los sistemas de drenaje y por las filtraciones indirectas y vertidos incontrolados de las aguas de escorrentía generadas en el parcelario, la contaminación lumínica al entorno de la parcela y el impacto paisajístico de las edificaciones.

Según la resolución de la Dirección General, la información contenida en el expediente y en los procedimientos precedentes aporta elementos de juicio suficientes para continuar con el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

La instalación se encuentra fuera del perímetro de protección de la zona húmeda de la Marjal dels Moros, incluida en el ámbito de la Red Natura 2000 (ZEC y ZEPA) y a una distancia alrededor de 2 kilómetros del Parque Natural de la Sierra Calderona y el Paraje Natural Protegido La Costera, por lo que no se prevé afección directa sobre ellos.

La resolución recoge los impactos potenciales y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas.