Tribunales
El PSPV intenta arrancar una condena a Camps y recurre su décima absolución ante el Supremo
Los socialistas alegan indefensión al no considerar suficientemente motivada la sentencia
El PSPV, personado en la última de las causas de las que ha sido absuelto el expresidente de la Generalitat, Francisco Camps, ha anunciado a la Audiencia Nacional que va a presentar recursos de casación ante el Tribunal Supremo por la absolución del expresidente, y pide a la Audiencia Nacional, como requisito, un testimonio de certificación de la citada sentencia absolutoria.
La sentencia, la última de los diez procesos judiciales de los que ha sido absuelto o apartado el expresidente Camps, hacía relación a las contrataciones de Orange Market con la Generalitat Valenciana, y en la misma fueron absueltos Francisco Camps y catorce acusados más (más dos fallecidos en este decurso).
Señala el escrito remitido por la representación legal de las socialistas Cristina Moreno y Carmen Ninet, que el recurso se plantea por que han visto "quebrantado su derecho a la tutela judicial efectiva" al no haberse "motivado suficientemente la sentencia" por lo que consideran los socialistas que han sufrido indefensión.
También alegan que se ha aplicado indebidamente el delito de prevaricación administrativa a las personas absueltas. En el escrito también se considera que se produce "manifiesta contradicción entre los hechos que se consideran probados, así como la indeterminación y confusión de sus enunciados con respecto a la participación de ciertos acusados, en oposición a la consignación de hechos, con conceptos que, por su carácter jurídico, predeterminan el fallo". Por último, consideran que la sentencia de la Audiencia Nacional expresa "que los hechos alegados por las acusaciones no se han probado, sin hacer expresa relación de los que resultaren probados".
Por todo ello, y en un nuevo intento de arrancar una condena para Francisco Camps, el escrito de los socialistas pide a la Audiencia que "se expida testimonio de la Sentencia, así como certificación del presente escrito preparatorio y (...) se sirva emplazar a las partes para que puedan comparecer ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de quince días".
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