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¿Puede la aerolínea darme un bono en lugar de reembolsarme el dinero del billete?

Reclamador.es denuncia que la devolución automática no se encuentra entre las opciones que están ofreciendo la “gran mayoría” de las compañías aéreas

Imagen del Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid Barajas vacío, con muy pocos viajeros
Imagen del Aeropuerto Adolfo Suarez Madrid Barajas vacío, con muy pocos viajerosJesus G. FeriaLa razon

Los pasajeros afectados por cancelaciones a consecuencia del coronavirus lo daban por hecho: nos devolverán el dinero. Tras conocer que su vuelo no va a despegar, los clientes tiene la opción de elegir un reembolso, un transporte alternativo hasta el destino final o aplazar el vuelo a una nueva fecha. Aquellos que no puedan o no quieran viajar tienen la última palabra y deben recibir el importe íntegro de su billete en un plazo de siete días desde que se les comunica la cancelación, si así lo eligen. Estos reembolsos están ocasionando pérdidas millonarias a las aerolíneas y, debido a la complicada situación económica, nadie les garantiza que los pasajeros vuelvan a viajar a corto plazo. Desde finales de enero a mediados de marzo, se han cancelado en todo en mundo más de 200.000 vuelos de pasajeros. Con el objetivo deevitar pérdidas, algunas aerolíneas están ofreciendo a sus clientes el canje del billete por otro vuelo o un bono por el importe con el que comprar otro trayecto en un plazo determinado, de entre seis meses y un año, según ha podido conocer Reclamador.es a través de las quejas de varios afectados.

Respaldo europeo

El reembolso automático no está entre las opciones que ofrecen “la gran mayoría de las compañías aéreas que operan en nuestro país”, alerta Reclamador.es. Si bien, en las circunstancias extraordinarias actuales no existe la obligación de pagar a los clientes una compensación económica de entre 250 y 600 euros -tal y como recoge el Reglamento Europeo-, en ningún momento desaparece el derecho del comprador a recuperar el importe del billete. De hecho, la Comisión Europea ratificó la semana pasada que se debe reembolsar el precio del billete cancelado a los pasajeros que así lo pidan. “Las compañías no pueden excusarse de cumplir esta obligación cuando al mismo tiempo están reclamando ayudas porque eso afectaría a los derechos de millones de pasajeros que están en inferioridad de condiciones y ya suficientemente golpeados económicamente por esta situación”, explica Reclamador.es en un comunicado.

Cómo reclamar

Los afectados por el incumplimiento de las obligaciones de su compañía aérea tendrán que iniciar un proceso de reclamación. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) insta a los clientes a presentar su petición ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), usando el siguiente formulario. Además, los clientes que no quieran aceptar los bonos canjeables pueden ponerse en manos de profesionales para agilizar el proceso. En este sentido, a través de la plataforma de servicios legales online Reclamador.es, los afectados también podrán exigir la devolución de sus billetes de forma completamente online y sin moverse de casa.