Energía
¿Cómo evitar que le cambien de compañía de luz sin saberlo?
Este tipo de contrataciones se pueden desistir en un plazo de 14 días naturales desde que se realiza la operación
¿Ha notado un incremento en su factura del gas? ¿La tarifa contratada inicialmente no corresponde a la actual? Si la respuesta a estas preguntas es sí, puede que le hayan cambiado de compañía suministradora sin saberlo.
Los abogados de Legálitas afirman que cada vez más están llegando consultas referentes a cambios de compañías suministradoras sin autorización del cliente. Estas situaciones se producen cuando la persona es cambiada de compañía ya sea de luz, agua o gas sin conocimiento alguno ni previo aviso, en la que por el camino pueden sufrir algún aumento de la tarifa contratada inicialmente.
Sumado a este problema, el coste de la luz no para de batir récords históricos, situando el precio de la electricidad en el mercado mayorista español en 228,59 euros/MWh, un 12% más que ayer, superando ya por tercera vez los 200 euros en lo que va de octubre, según los datos del operador de mercado eléctrico designado (OMIE). Es por ello que esta situación de sus facturas puede empeorar por doble partida.
Pero, ¿cómo se pueden producir cambios en la compañía sin el permiso del cliente? Desde Legálitas explican que estas situaciones se generan en su mayoría mediante llamadas telefónicas en las que la persona que realiza la llamada, se identifica como empleado de la compañía que suministra al cliente para ofrecerle alguna oferta o rebaja en la factura.
En estas actuaciones los comerciales de las compañías piden a los consumidores sus datos personales, el punto de suministro así como el número de cuenta para verificarla. Esta información se solicita con la excusa de confirmar y en la que se requiere la aceptación del cambio.
No obstante, esta no es la única desventaja, ya que existen varios casos en los que los empleados de la compañía llaman al cliente para ofrecerle un descuento en su factura y sin informar de la petición, cambia a la persona su tarifa de PVPC a mercado libre.
A pesar de que esta situación se está dando cada vez con más frecuencia, hay algunas formas de evitar que esto ocurra. Este tipo de contrataciones se pueden desistir en un plazo de 14 días naturales desde que se realiza la operación, no obstante el desconocimiento de los clientes ante el cambio de compañía hace que en muchos casos no sean conscientes hasta transcurrido el plazo. Es por ello que es importante que se cumplan dos premisas:
- Nunca facilitar datos personales en las llamadas: Al recibir una llamada en la que se hable de algún tipo de descuento, lo más aconsejable es que el consumidor no proporcione datos personales como el número de cuenta.
- Verificar la información: Es importante que antes de aceptar cualquier tipo de oferta, el consumidor verifique dicha información con su propia compañía, así como solicitar un contrato en el que aparezcan todos los datos al respecto.
Pero, ¿y si ya le han cambiado de compañía? Si el proceso de cambio de empresa ya se ha realizado y además no ha sido consciente de ello pasados 14 días, existen algunos consejos para que no se produzcan unos cobros adicionales.
El primero es interponer una reclamación ante esta nueva compañía, y en caso de no obtener resolución, se recomienda presentar la reclamación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Asimismo, se puede interponer la correspondiente denuncia en la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia, bien en el Registro o a través de su sede electrónica.
El segundo consejo es que si la reclamación no queda resuelta, se lleven a cabo unos procedimientos de resolución extrajudicial de conflictos, como son las Juntas Arbitrales de Consumo, que son gratuitas. A pesar de que estas sean voluntarias, existe la posibilidad de que la comercializadora que ha realizado este cambio se encuentre adherida y pueda resolverse a través de esta vía sin interponer una demanda judicial.
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