DGT
Estas son las multas que cambian con la nueva Ley de Tráfico
Las dos nuevas multas y el endurecimientos de varias sanciones entrarán en vigor a partir del 21 de marzo de 2022
Distraerse con el móvil al volante o arrojar objetos a la vía son infracciones que le costarán más puntos de los que recordaba. Y no respetar las restricciones de bajas emisiones es una de las nuevas infracciones que le podrán costar hasta 200 euros. Estos son algunos de los cambios que introduce la nueva Ley de Tráfico que se aprobó a primeros de diciembre y que entrará en vigor a los tres meses de la publicación de la Ley en el Boletín Oficial de Estado (BOE), el pasado 21 de diciembre. Bankinter recopilatodas las nuevas multas y endurecimiento de sanciones que se aplicarán a partir del 21 de marzo de 2022.
Dos nuevas multas
La nueva Ley de Tráfico introduce dos nuevas multas, una por no respetar las restricciones de bajas emisiones y otra por copiar en los exámenes para obtener el permiso de conducir.
La primera de ellas se cataloga como infracción grave, con 200 euros de multa, por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
La segunda se penaliza con una sanción de 500 euros por utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de seis meses.
Endurecimiento de sanciones
1. La pérdida de puntos por distraerse al volante aumenta. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce conlleva la pérdida de 6 los puntos del carné de conducir (antes eran 3 puntos). Se mantiene la multa de 200 euros.
2. La multa por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios aumenta de 3 a 4 puntos y la sanción se mantiene en 200 euros.
3. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5m. Se mantiene la multa de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
4. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios supone la pérdida de 6 los puntos del carné, frente a los 4 de antes, pero se mantiene la multa de 200 euros.
5. Desaparece el margen de 20km/h en carreteras convencionales, hasta los 110 km/h, con el fin de realizar adelantamientos con mayor seguridad. Eso significa que no se podrá exceder nunca los 90 km/h, incluso al rebasar a otro vehículo. La cuantía de la sanción y los puntos perdidos dependerán de la velocidad. Las multas se pueden consultar en el siguiente recuadro.
6. “Instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad”, explica la DGT, considera una fracción muy grave, sancionada con 500 euros de multa, e implica la pérdida de 6 puntos del carné de conducir. Por otro lado, conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros es una falta grave (200 euros de multa) e implica la pérdida de 3 puntos del carné.
7. La multa por circular sin la ITV pasada no se ha modificado y se mantiene de la siguiente manera: 200 euros por no haberse presentado en plazo; 500 euros por circular con ITV negativa por incumplir las condiciones técnicas que garantizan la seguridad vial; y 200 euros de multa por circular con ITV desfavorable.
Sanciones pendientes de desarrollo normativo
“La ley prohíbe que un menor circule con una tasa de alcohol superior a 0 gramos, tanto en sangre como en aire espirado, y también la obligatoriedad del uso del casco para los usuarios de patinetes, sin embargo desde la DGT explican que las sanciones quedan pendiente de su desarrollo normativo posterior que lo estipulará”, explica Bankinter.
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