Prestaciones
Este es el tiempo que tarda el SEPE en conceder el paro o el subsidio por desempleo
Si el organismo resuelve su solicitud negativamente o no responde, puede presentar una reclamación por vía administrativa en un plazo de 30 días hábiles desde la resolución o desde el silencio administrativo
Los trabajadores se topan con dos cuestiones cuando se quedan desempleados: ¿tengo derecho a paro? y, si es así, ¿cuándo lo cobraré? En lo referente a la segunda pregunta, para obtener una respuesta hay que acudir a la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Tal y como explica el organismo, una vez se haya presentado la solicitud de prestación por desempleo y siempre que no le falte documentación, el SEPE deberá resolver su solicitud en el plazo de los 15 días siguientes a la fecha en que la entregó y enviarle la notificación en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que haya dictado dicha resolución. No obstante, debido al colapso que arrastra el SEPE desde el inicio de la pandemia, estos plazos pueden alargarse en el tiempo, sobre todo si decide presentar la solicitud presencialmente, ya que en algunas zonas las citas previas se conceden aún con varias semanas de margen.
Si pasados tres meses desde que presentó la solicitud de la prestación, no ha recibido respuesta a dicha solicitud, esta se considerará desestimada por silencio administrativo, por lo que usted ya podría interponer reclamación previa a la vía judicial.
Cómo pedir el paro o subsidio por desempleo
Solicitar la prestación contributiva por desempleo, más conocida como paro, o el subsidio por desempleo es “una obligación personal”, explica el SEPE. Puede solicitarla a través de la web del SEPE siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve. También puede presentar la solicitud presencialmente en la oficina de prestaciones que le corresponda según su domicilio, previa petición de cita a través de Internet o llamando por teléfono. Y para formular la solicitud por medio de representante, deberá acreditar tal representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante su declaración en comparecencia personal.
No obstante, el primer paso para poder cobrar una prestación por desempleo es estar inscrito como demandante de empleo. Para inscribirse, debe acudir personalmente a la oficina de empleo de la comunidad autónoma o de Ceuta o Melilla que le corresponda según su domicilio.
Cómo reclamar si le deniegan la prestación
Si el SEPE ha contestado negativamente a su solicitud o no ha respondido durante esos tres meses, puede presentar una reclamación por vía administrativa en un plazo de 30 días hábiles desde la resolución o desde el silencio administrativo. Entonces el organismo estatal tiene otros 45 días hábiles para dictar una nueva resolución, que también podrá cerrarse con una respuesta positiva, negativa o sin respuesta, lo que se considera igualmente una respuesta negativa. En el caso de que el SEPE le vuelva a denegar la prestación, solo queda la opción de reclamar por la vía judicial. El plazo para presentar la demanda en el Juzgado de lo Social es 30 días desde que le respondieron negativamente o desde que se cumplió el plazo de 45 días hábiles sin respuesta del organismo público.
Cómo consultar el estado de su prestación
Si durante el plazo de tramitación de la solicitud quiere consultar el estado de su prestación, puede hacerlo por tres vías:
-Pidiendo cita previa en una oficina del SEPE.
-Llamando al teléfono de atención a la ciudadanía que le corresponda por la provincia de residencia.
-A través de la sede electrónica del SEPE, accediendo con certificado digital, Cl@ve, DNI electrónico o SMS y siguiendo estos pasos:
1. Entre en la Sede Electrónica del SEPE.
2. Acceda a la pestaña de “Procedimientos y servicios”.
3. A continuación, seleccione la opción “Personas”.
4. Seguidamente elija el apartado “Consulte los datos y recibo de su prestación”.
5. Seleccione el método de identificación.
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