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Competencia multa con 203 millones a seis constructoras por “alterar” contratos desde 1992

Según la CNMC, se reunían semanalmente para analizar las licitaciones de obra pública y decidir los contratos. Las compañías multadas recurrirán la resolución ante la Audiencia Nacional

Multa multimillonaria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a seis de las mayores constructoras españolas por alterar durante 25 años la capacidad de competencia en decenas de miles licitaciones de construcción de infraestructuras, tanto de edificación como de obra civil. Según denuncia la Comisión, “desde 1992, las compañías se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas”, que remarca que “también intercambiaban información sobre su estrategia de presentación” a convocatorias para licitar hospitales, puertos, aeropuertos y carreteras, entre otras infraestructuras de interés general.

La CNMC ha explicado que desde 1992 estas seis compañías sancionadas -Acciona Construcción, Dragados, FCC Construcción, Ferrovial Construcción, Obrascón Huarte Lain (OHL) y Sacyr- se reunían cada siete días y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas. Además, intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos. “Se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc”, subraya Competencia.

Las empresas disolvieron esta ‘alianza’ en el año 2017 tras manifestar “expresamente” -señala la CNMC- que estos acuerdos podían ser “contrarios a las normas de defensa de la competencia”.

Entre las miles de licitaciones enumeradas existen infraestructuras de interés general como hospitales, puertos y aeropuertos y carreteras. Todas las Administraciones públicas se han visto afectadas, principalmente sus departamentos de licitaciones, fomento e infraestructuras. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana -antes denominado de Fomento- y todos sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes han sufrido estas prácticas ilegales durante más de dos décadas.

El supervisor de competencia ha marcado una multa de 203 millones, la más alta para Dragados (57,1 millones), a continuación FCC (40,4 millones), Ferrovial (38,5 millones), Acciona (29,4 millones), OHL (21,5 millones) y Sacyr (16,7 millones). En el caso de Lantania, la Comisión ha archivado las actuaciones contra la empresa. Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Las grandes constructoras multadas ya han confirmado que presentarán los correspondientes recursos en contra de la decisión del organismo. “Manifestamos nuestra absoluta discrepancia con la resolución de la CNMC. La propia resolución reconoce que no existe un acuerdo restrictivo de la competencia cuyo objeto fuera alterar las licitaciones”, ha señalado un portavoz de Ferrovial a Europa Press, confirmando que la empresa interpondrá un recurso ante la Audiencia Nacional y confía “en la anulación íntegra de esta resolución”. El resto de constructoras también han mostrado su completa disconformidad con la resolución y tienen previsto recurrirla.

Según explica la CNMC, en su modus operandi las empresas “no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo”. Además, la única personalización admitida era la inclusión de logos y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto “para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas”. El documento de Competencia incide en que las empresas desarrollaron unas “complejas normas de funcionamiento que fueron evolucionando durante el tiempo que duró la conducta”. Junto a los encuentros semanales, las empresas “intercambiaban información comercial sensible (diferente de la necesaria para compartir los trabajos)” sobre “su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTEs (Unión Temporal de Empresas) y los miembros que las integrarían”.

En el caso de los contratos de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general, durante el periodo investigado la oferta técnica era, “en muchas ocasiones la variable competitiva con mayor importancia”. Esta llegaba a alcanzar el 70% de la puntuación del concurso, frente al 30% correspondiente a la puntuación económica. Los trabajos que compartían las constructoras eran siempre objeto de puntuación por la Administración como parte de la oferta técnica. En algunos supuestos, en torno al 5%, las empresas llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la Administración. El hecho de compartir las ofertas técnicas y los intercambios de información entre licitadores “incumplen los deberes de proposición única y desecreto de las proposiciones y eliminan la independencia” exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública.